La Dirección General de Tráfico continúa en este año 2022 decidida a endurecer sus campañas de control y vigilancia. Tal y como te venimos contando en las últimas semanas, una nueva Ley de Tráfico entrará en vigor este próximo mes de marzo, tras ser aprobada en el Congreso y publicada ya en el BOE. Fundamentalmente, traerá consigo nuevas sanciones más duras y la catalogación de nuevas infracciones como graves.
Pero al margen de cambios normativos, como también una nueva regulación para vehículos de movilidad personal (es decir, patinetes y bicicletas eléctricas, entre otros medios de transporte alternativos), la DGT va a intentar también perseguir en mayor medida algunas de las infracciones que ya se contemplan pero que en muchas ocasiones no se cumplen, o no se controlan como deberían.
En esta ocasión, hablamos de los tiempos de conducción y descanso en los conductores profesionales, algo que está muy regulado y penado por ley y que resulta imprescindible para garantizar la seguridad vial en carretera evitando los riesgos de cansancio y distracciones, pero que en muchas ocasiones es difícilmente compatible con una nueva industria en la que prima, más que nunca, la velocidad del transporte.
⏲️Tiempos de conducción y descanso de conductores profesionales de 🚚🚌.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) February 9, 2022
➡️No más de 9 horas diarias con descanso a mitad de 45 minutos.
➡️Aumentar o minorar en más del 50% es infracción muy grave con pérdida de 6 puntos y 500€.#CampañaCamionesYAutobuses @roadpol_eu 🇪🇺 🇪🇸 pic.twitter.com/DeMkXFiNf5
Los tiempos de conducción y descanso obligatorios
La DGT advierte ya, por tanto, de que va a controlar que se cumplan a rajatabla los tiempos de conducción y descanso en este sector, que se regulan de la siguiente manera según nos indican desde Tráfico y desde el sector del transporte.
- No más de 9 horas diarias de modo general con descanso a mitad de 45 minutos.
- Un conductor puede exceder de 9 horas de conducción diaria 2 veces a la semana hasta 10 horas de conducción.
- La conducción semana máxima es de 56 horas.
- La conducción bisemanal máxima es de 80 horas.
- Las pausas pueden ser de 15 minutos, seguida de otra de al menos 30 minutos, intercaladas en el período de conducción
- Aumentar o minorar en más del 50% es infracción muy grave penalizada con pérdida de 6 puntos y 500 euros de multa.
La vigilancia de que todo ello se cumpla se enmarca esta semana en una nueva campaña llevada a cabo por la DGT y que se establece en el programa ROADPOL a nivel europeo. Se trata de un programa de control a camiones y autobuses introducido en el calendario anual de vigilancia en carretera.
En esta campaña participan todas las oficinas de tráfico de los países europeos miembros, entre los que por supuesto se incluye España y la DGT. Estos organismos realizan conjuntamente al año distintas acciones coordinadas de vigilancia, entre las que se cuentan también controles de velocidad determinados.