Ya no solo vigiles los radares de velocidad: la DGT te va a multar en este 2026 con nuevas normas

Sí, la DGT acaba de anunciar hasta 33 nuevos radares de velocidad que ya han empezado a multar. Pero, al margen de los excesos de velocidad, nuevas normas impondrán otras sanciones a lo largo del año.

Ya no solo vigiles los radares de velocidad, la DGT te va a multar en este 2026 con nuevas normas
Ya no solo vigiles los radares de velocidad, la DGT te va a multar en este 2026 con nuevas normas

Como siempre, los radares de velocidad son la política de la DGT que más trasciende. De hecho, el mes de marzo arrancó con el anuncio por todo lo alto de Tráfico de la instalación de hasta 33 nuevos controles, distribuidos entre 20 nuevos fijos y 13 de tramo: en esta noticia te damos toda la información y ubicación sobre ellos. Sin embargo, hay otras nuevas normas que seguramente podrán costar importantes sanciones para los conductores a lo largo de 2026.

Una de ellas, la conoces: las Zonas de Bajas Emisiones. En este caso, su implantación no depende de la DGT, sino de los ayuntamientos. Pero casi 160 ciudades están obligadas a contar con estas áreas con restricciones que, además, ya comienza a vislumbrarse como la gran herramienta de recaudación municipal para este año. En este artículo te hablamos sobre ello, con ingresos ya récord registrados en ciudades como Madrid, San Sebastián, Valladolid o Granada. Las multas son siempre de 200 euros.

Los radares térmicos se instalarán para controlar la ocupación en los carriles BUS VAO
La DGT ha eliminado la posibilidad de que los vehículos con etiqueta 0 Emisiones de la DGT puedan acceder a los carriles VAO si no viajan con 2 o más personas a bordo.

Nuevas normas para los carriles VAO y obligación de pasillos de emergencias

Ahora bien, a partir de aquí, más novedades. Una nueva instrucción de la DGT, por ejemplo, ya ha modificado las condiciones de uso de los carriles VAO de alta ocupación, eliminando por ejemplo por primera vez la opción de que todos los vehículos con etiqueta 0 Emisiones puedan acceder a ellos en cualquier circunstancia. Desde ahora, solo podrán usarlo del mismo modo que cualquier coche diésel, gasolina o híbrido, es decir, si viajan a bordo 2 o más ocupantes. Las multas ascienden ya a los 200 euros también, 100 € con pronto pago, al considerarse una infracción grave.

Otra importantísima novedad va a llegar en los próximos meses y esta sí que resultará vital para la seguridad: la obligación de abrir un pasillo de emergencia en carretera en situaciones de atasco y urgencias. Con la modificación del Reglamento General de Circulación ya prevista, los vehículos tendrán ya por ley que abrirse hacia los laterales de los carriles para dejar un pasillo central. Se trata de una medida que ya se aplica en muchos países de nuestro entorno, como Francia o Alemania.

Cómo abrir un pasillo de emergencias. Fuente: DGT
Cómo abrir un pasillo de emergencias. Fuente: DGT

Hasta ahora, la normativa establecía que en España siempre había que dar prioridad a los vehículos prioritarios en servicios de urgencia, pero sin concretar el comportamiento del resto de conductores. Pues bien, esta nueva modificación del RGC especificará exactamente cómo tienen que actuar a partir de ahora por ley, estableciendo que los conductores deban obligatoriamente que abrirse hacia los lados, con los del carril derecho yendo hacia la derecha y los del izquierdo lógicamente a su izquierda, de tal forma que dejen un pasillo central de acceso libre en autopistas y autovías para permitir el paso de vehículos de policía y servicios de emergencia.

Fin a excepciones en el uso del cinturón de seguridad

Y no quedan aquí las novedades. Desde enero de este mismo año, la DGT ha introducido otra importante modificación normativa, por la que elimina las últimas excepciones respecto al uso del cinturón de seguridad dentro de las ciudades. Desde ahora, por tanto, profesiones como taxistas o profesores de autoescuela tendrán también la obligación de llevar el cinturón de seguridad en todos sus desplazamientos urbanos.

Esta modificación de la norma acarreará para estas profesiones nuevas multas de 200 € y 4 puntos si no cumplen con la obligación de llevar el cinturón de seguridad. Las únicas excepciones entorno al cinturón de seguridad que permanecerán de momento en la legislación serán las que se mantienen para los vehículos de emergencia o ambulancias en situaciones específicas. Taxistas, mucho ojo ya.

 

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