Durante los últimos años los patinetes eléctricos y el resto de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) se han convertido en una alternativa de movilidad cada vez más presente en las ciudades. Con la próxima implantación de las áreas ZBE (Zonas de Bajas Emisiones) en los municipios de más de 50.000 habitantes a partir del 1 de enero de 2023, todo hace indicar que el número de este tipo de vehículos aumentará de forma significativa próximamente, convirtiéndose, por tanto, en uno de los regalos estrella de estas Navidades.
Las principales ventajas de los patinetes eléctricos y de los VMP son las siguientes: son cómodos, rápidos, fáciles de utilizar y de transportar, eficientes y respetuosos con el medio ambiente. Sin embargo, a una gran mayoría de usuarios de este tipo de vehículos se les olvida que no son un juguete y que desde principios de 2022 tienen una nueva regulación que debe conocerse, es decir, deben cumplir con una serie de normas de circulación al igual que el resto de vehículos, ya sean motocicletas, coches, autobuses o bicicletas.
De forma específica, el pasado 21 de enero de 2022 se aprobó el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los patinetes eléctricos o VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.
Una de las normas más importantes y básicas que todo usuario de patinete eléctrico y de VMP recogido tanto en el Manual citado como en la última actualización de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial de la DGT es la siguiente: se prohíbe la circulación de patinetes y VMP por aceras, área peatonales, autopistas y autovías. La sanción económica al respecto es de 200 euros.
Por todo ello, la DGT ha vuelto a utilizar su cuenta oficial de Twitter para recordar a los ciudadanos el deber de cumplir con las normas de circulación y, en este caso, con la prohibición para todos aquellos vehículos, incluidos los VMP, de circular por las aceras y resto de zonas peatonales.
Está prohibida la circulación de cualquier tipo de vehículo por aceras y zonas peatonales, incluidos los #VMP.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) December 26, 2022
Sanción por incumplir: 200 €.
Solo monopatines, patines o similares que circulen a paso de persona pueden hacerlo.
👉https://t.co/uTpW3RcjEo#CeroRiesgos pic.twitter.com/50fjUwnc26
Otra de las normas más importantes relacionada con las características técnicas que deben cumplir los VMP, es que “solo pueden circular a una velocidad de entre 6 y 25 km/h”. La multa por no respetar la velocidad máxima permitida será de 200 euros.
Al respecto, la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el 21 de marzo de este año, además de recoger la prohibición expresa de circular por las aceras, también incide de forma específica sobre el límite de velocidad de los VMP. Asimismo, hay que recordad que, a diferencia de aquellas normas que los municipios tienen capacidad de regular de manera local, estos dos supuestos –el límite de velocidad de los VMP y su prohibición de circular por aceras y zonas peatonales- están recogidos en el manual de la DGT y, por tanto, se deben aplicar en todo el territorio.