La empresa alemana Vitronic es conocida por sus sistemas de radares de velocidad en las carreteras europeas y, desde hace ya meses, también en España. Entre su catálogo ifuran desde postes grises para cinemómetros, trampas de radar móviles y, sobre todo, los últimos conocidos de remolque, muy populares en las últimas semanas por su capacidad para sancionar y que, tras estrenarlos el SCT en Cataluña, la DGT ya los utiliza también en el resto de España, siendo capaces de medir la velocidad con láser en varios carriles y sentidos simultáneamente, y sin tener que señalizarse, ya que tienen la consideración legal de radares móviles.
Las especificaciones técnicas de los dispositivos de esta empresa líder en radares indican un rango de medición de 10 a 320 km/h. Pero, según el fabricante, el registro de estos aparatos de velocidad ni siquiera finaliza en este límite. “El dispositivo de medición también genera un conjunto de datos para velocidades superiores a 320 km/h, que puede utilizarse como prueba. La única diferencia es que, a dichas velocidades, no se utiliza como prueba el valor medido específico, sino únicamente el valor máximo dentro del rango de medición nominal”, ha declarado recientemente un portavoz de la compañía a Auto Motor und Sport.
Esto significa que, incluso si un vehículo circula a una velocidad superior a la permitida por el radar, es decir, por encima de los 320 km/h (algo impensable, eso sí), también se activaría. La multa mostraría entonces la velocidad máxima registrada, quedando así debidamente documentada la infracción.
Lo decisivo es la infracción, no la velocidad excesiva
El valor máximo especificado del rango de medición se considera legalmente válido, siempre que el dispositivo esté calibrado y la medición se haya realizado correctamente. El hecho de que no se muestre un valor exacto por encima de 320 km/h no impide su admisibilidad como prueba. Lo que importa es la infracción probada, no la velocidad absoluta.
Según el fabricante, las cámaras de Vitronic están diseñadas técnicamente para producir pruebas fotográficas útiles incluso a velocidades muy altas. Esto se aplica incluso a velocidades superiores a 250 km/h y cuando se graban varios carriles simultáneamente.
¿Qué sanciones se imponen por velocidades tan extremas?
Un conductor que circulase por ejemplo a más de 190 km/h en una autopista con límite de velocidad de 120 km/h excede la velocidad permitida en España en 70 km/h. Según el catálogo de la DGT de multas de tráfico de 2026, esto constituye la sanción máxima por una infracción de tráfico, considerándose muy grave: multa para empezar de 600 € y 6 puntos en el carné de conducir
En la práctica, sin embargo, también se iniciarían procedimientos penales. A partir de ese exceso de más de 70 km/h en autopista con límite de 120 km/h, la infracción se considera ya un delito tipificado en el Código Penal, lo que puede acarrear incluso penas de prisión de 3 a 6 meses, multas de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad, además de la retirada del carné de 1 a 4 años.
Un caso real ilustra la gravedad de estas consecuencias en Alemania, donde se constató en 2025 uno de los récords de velocidad máxima registrados en Europa: un conductor fue multado por circular a nada menos que 321 km/h en una zona limitada a 120 km/h en la autopista A2, cerca de Magdeburgo. La policía documentó la infracción con un dispositivo de control, lo que resultó en una multa de 900 €, dos puntos de penalización y la retirada del carné de conducir durante tres meses. La fiscalía también consideró la posibilidad de iniciar un proceso penal por conducción temeraria.
Estas infracciones son eso sí aún casi más graves en zonas urbanizadas. Con un límite de velocidad de 50 km/h en España, por ejemplo, una velocidad ya superior a 120 km/h acarrearía esta misma consideración de infracción muy grave, pudiéndose considerada como delito. Y en algunas vías urbanas con varios carriles por sentido, alcanzar este límite es mucho más sencillo que superar quizá los 190 km/h en autopista.
Los helicópteros detectan velocidades de hasta 360 km/h
En definitiva, los radares de velocidad registran con precisión en España velocidades superiores incluso claramente a los 300 km/h, tal y como también especifican los helicópteros Pegasus de la DGT, capacitados teóricamente para medir con precisión velocidades en los vehículos de hasta 360 km/h. Aunque en algunos casos no se registre la velocidad exacta ya con dígitos tan elevados, la infracción por exceso de velocidad sigue siendo demostrable. Así que moraleja: nunca se puede conducir demasiado rápido para un radar. Siempre va a detectar la infracción y las consecuencias pueden ser muy graves.









