Aunque todavía no hay fecha de entrada en vigor, la DGT está trabajando ya en introducir algunas modificaciones en el Reglamento General de Circulación, y todas llegarán este mismo año. Una de ellas ya te la adelantamos hace algunos meses, y es la que tiene que ver con la posibilidad de que algunos vehículos puedan ya circular por el arcén en 2025. Pero no es la única. A continuación, te vamos a desgranar una a una cuáles son estas nuevas normas que la DGT aplicará en 2025 a través de un nuevo Real Decreto.
Prohibido adelantar con hielo y nieve en la carretera
Sí, la DGT prohibirá adelantar con mal tiempo. Así lo anunció la DGT en un artículo publicado en la revista oficial Tráfico y Seguridad Vial en abril del año pasado. El artículo 31 del Reglamento General de Circulación hace referencia a la utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha. Cuando haga mal tiempo, con hielo o nieve en la carretera, la DGT va a introducir otro punto con “la prohibición de adelantar para todos los vehículos, que estarán obligados a mantenerse en el carril de la derecha y seguir las restricciones establecidas para los niveles de la nieve, de forma que el carril izquierdo pueda quedar libre para la circulación de vehículos de emergencia y quitanieves”.

Desde la DGT explican que, con esta modificación, “pretendemos facilitar el trabajo de los servicios de mantenimiento de la vía y que las condiciones para circular sigan siendo óptimas a pesar de las malas condiciones meteorológicas”.
Un pasillo para emergencias en las retenciones
En este artículo 31 también se va a añadir un nuevo apartado en el que se especifique que los conductores de las autopistas y las autovías que estén detenidos o circulen muy despacio por una retención deben ceder el paso a los vehículos de emergencias abriéndose hacia los lados de la carretera:
- Si estás en una vía de dos carriles en el mismo sentido, los del carril derecho a la derecha y los del carril izquierdo a la izquierda.
- Si estás en una vía de tres carriles en el mismo sentido, los del carril izquierdo a la izquierda y los del carril central y derecho a la derecha. No obstante, y como nos recuerda el RACE, guíate por el sentido común y facilita el acceso según la dirección por la que venga el vehículo de emergencias. El objetivo es crear un pasillo para que pueda pasar rápidamente.

La normativa actual no concreta el procedimiento de los conductores, sólo establece la prioridad de los vehículos de emergencias cuando están en una urgencia.
Las motos podrán circular por el arcén sin superar los 30 km/h en las retenciones
Otra de las novedades afectará al artículo 36.3 del Reglamento General de Circulación, un apartado que tiene que ver con la utilización de los arcenes por los conductores. Las motos, definitivamente, podrán circular legalmente por los arcenes de las carreteras, en todo tipo de vías, pero solo con retenciones circulatorias o congestión y bajo dos condiciones indispensables:
- No circular a más de 30 km/h.
- Respetar la prioridad de los vehículos obligados a circular por el arcén, entre los que la DGT pone especial atención a las bicicletas.

Las grúas y ambulancias también podrán circular por los arcenes
Otra de las modificaciones del Reglamento General de Circulación afectará al artículo 36.4, autorizando a los vehículos prioritarios y de auxilio en vías públicas a circular por el arcén, siempre que estén en una urgencia. Para ello, deberán cumplir también dos condiciones:
- Utilizar señales luminosas.
- No circular a más de 30 km/h (a excepción de los vehículos prioritarios).
Otras nuevas normas de la DGT para 2025
La DGT también ha anunciado su intención de que los motoristas lleven casco integral o modular cuando circulen por vías interurbanas para mejorar su seguridad en caso de caída, además de la obligación de llevar guantes homologados en cualquier vía. Son dos medidas que la DGT lleva anunciando desde hace tiempo, aunque todavía no se han aplicado porque siguen en fase de estudio.
Otra de las novedades será un curso obligatorio para aquellos conductores con el carnet B que quieren conducir una moto de 125 cc. Eso sí, no tendrá carácter retroactivo y quienes actualmente conducen motos con el carnet B podrán seguir haciéndolo.

El Congreso también ha aprobado hace unos días una nueva tasa máxima de alcohol al volante, que será mínima. El artículo 76 señalará que será infracción grave “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,20 gramos por litro en sangre”. En la actualidad es de 0,5 g/l.
Carnet B1 en España. La DGT también ha explicado sus intenciones de incluir en el Reglamento General de Circulación el carnet B1, a caballo entre el AM y el carnet B de coche. Con él, los jóvenes a partir de 16 años podrán conducir ciertos tipos de cuatriciclos, pasando antes por un examen.
Obtención de dos puntos extra del carnet. Desde el 26 de marzo de 2025, la DGT bonificará con dos puntos adicionales en el carnet de conducir, hasta un máximo de 15, a los conductores de ciclomotores, motos y coches que superen, de manera voluntaria, un curso de conducción segura y eficiente.