¿Puede multarnos ya la DGT por llevar una cámara en el coche? Lo que dice la Ley

El uso de cámaras en los vehículos está cada vez más extendido pero, ¿es legal? Te contamos si la DGT puede o no multarte.

Puede multar ya la DGT por el uso de cámaras en el coche
Puede multar ya la DGT por el uso de cámaras en el coche

El uso de cámaras en los coches nos permite ser testigos de situaciones excepcionales o, incluso, disfrutar de toda una ruta. Entre los motoristas, por ejemplo, se está extendiendo su uso como prueba ante una infracción o para denunciar una situación de riesgo. Sin embargo, la legalidad de su uso no está clara para muchos usuarios.

Como decimos, cada vez son más aquellos que se compran una pequeña cámara de acción para rodar sus salidas, vehículos que incluso la ofrecen en opción y otros que se han planteado su uso como sistema de vigilancia. Son usos muy distintos que requieren supervisión legal muy distinta.

¿Me puede multar la DGT?

En principio, no hay nada que impida el uso de cámaras de grabación en un coche y la DGT no puede multarnos expresamente porque un aparato grave el exterior de nuestro vehículo. Sin embargo, sí hay ciertos detalles que debes tener en cuenta.

En primer lugar, la instalación de la cámara es clave. Si un agente entiende que la cámara dificulta la visión durante la conducción puede multarnos con 80 euros. Una sanción que se eleva si la manipulamos en marcha. Ahora mismo el castigo por una distracción grave de la conducción es de 200 euros y tres puntos en el carné de conducir.

Es decir, siempre que la instalación de la cámara sea correcta, no entorpezca nuestra conducción y no la manipulemos en marcha, no hay motivo para que un agente nos multe. Sin embargo, ten en cuenta que puede que no te sirva en caso de accidente.

Los motoristas usan cada vez más las cámaras como prueba ante una situación de riesgo
Los motoristas usan cada vez más las cámaras como prueba ante una situación de riesgo

Pero, ¿es legal grabar imágenes con el coche?

Otro de los motivos más repetidos para utilizar una cámara en un coche es el de utilizar las imágenes como prueba ante un accidente. Sin embargo, esta decisión es mucho más polémica y tiene aristas.

En primer lugar, ten en cuenta que no podrás mostrar las imágenes a terceros o reproducirlas públicamente si se puede identificar una persona o la matrícula de un vehículo. La Ley de Protección de Datos lo prohíbe expresamente e incumplir esta norma puede suponer al infractor una sanción de 1.500 euros.

Además, tampoco puedes utilizar una cámara en grabación continua para captar un acto de vandalismo. Tener el coche parado y grabar de continuo está considerado como un acto de videovigilancia, por lo que tampoco podrás utilizarlo en un juicio y, además, se puede volver en tu contra.

Lo que sí puede servir como prueba es el uso de cámaras que graban en bucle y sobrescriben los archivos, guardando unas imágenes anteriores y posteriores si detectan un golpe. Es lo que hace el modo centinela de Tesla. En este caso puede que el juez lo admita como prueba, pero tampoco hay nada que lo asegure a ciencia cierta. Ni si quiera la DGT lo deja claro en su revista digital.

Por último, grabar una ruta con el coche o la moto y utilizar las imágenes como prueba en caso de accidente tampoco asegura nada. El juez puede señalar que no existe un principio de proporcionalidad y que, sin motivo aparente, la persona que graba se está excediendo con dicha grabación y, por tanto, ser desechada. Pero esto no quiere decir que el juez no lo admita en todas las ocasiones. Si cree que existen motivos suficientes para la grabación puede que sí lo tome como una prueba en el juicio.

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