Ni radares fijos, ni ahora tampoco los nuevos cinemómetros o cámaras de línea continua, uno de los nuevos sistemas de vigilancia presentados por la DGT a bombo y platillo en los últimos años como muestra del avance tecnológico del departamento, junto a los también nuevos radares de Stop: la Justicia no solo cuestiona ya los métodos de Tráfico para emitir denuncias, sino que incluso anula más multas de 200 € por considerar que las pruebas aportadas “no acreditan la infracción denunciada”.
Si hace apenas 20 días te adelantamos la noticia de que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Madrid, en su Sección 19, ante un recurso de Dvuelta, anulaba una nueva multa de un radar fijo cargando además duramente contra la DGT al considerar sus pruebas aportadas como “manifiestamente defectuosas”, debido a fotografías de “muy baja calidad, que no permiten identificar con certeza a los vehículos en una actuación que resulta insostenible en un Estado Social y Democrático de Derecho”, ahora un nuevo tribunal arremete en términos similares contra otros radares de Tráfico, los nuevos de línea continua.
Las fotografías acreditadas por la DGT en multas no acreditan la infracción
En concreto, el enésimo gran varapalo judicial a la DGT llega tras un dictamen de la Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 5, anulando de nuevo otra multa de 200 € al considerar que “las fotografías aportadas no acreditan la infracción denunciada”. Un recurso planteado esta vez por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) cuestiona ahora las miles de denuncias puestas en los últimos 3 años por los nuevos 4 radares de línea continua que la DGT tiene operativos ya en España.
Consideradas todas de “dudosa legalidad” por AEA, el tribunal madrileño considera ahora que, en esta nueva multa emitida por “no respetar una marca longitudinal continua” en el km 20,2 de la A-6, en Madrid, la Administración, que goza de facilidad probatoria, se limita a aportar dos fotografías en la que se aprecia un vehículo circulando por dos carriles distintos”, pero “no se aprecia el momento exacto en el que el vehículo habría pasado por encima de la marca longitudinal continua que aparece en la calzada”.
Importante precedente judicial, que podría anular miles de multas de la DGT
Según la sentencia, en ninguno de los fotogramas aparece el vehículo denunciado rebasando de manera probatoria la línea continua, ni siquiera pisándola, por lo que en conclusión “no existe suficiente prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del conductor sancionado, anulándose la sanción de 200 € impuesta”. El dictamen es muy importante, en palabras del presidente de AEA, Mario Arnaldo, ya que “esta resolución judicial constituye un importante precedente judicial en la defensa de los derechos de los automovilistas y refuerza las garantías jurídicas y de funcionamiento que deben tener los sistemas automatizados de captación de infracciones utilizados por cualquier administración con competencia en materia de tráfico”.
Y es que, como hemos avanzado al inicio, desde hace 3 años, la DGT tiene ya en funcionamiento este tipo de nuevos radares que sancionan a conductores que, sin respetar la cola formada por otros que quieren salir de una autovía, atraviesan una línea continua. En concreto, Tráfico confirma ya que tiene hasta 4 de estos dispositivos de momento instalados en las siguientes carreteras de la Comunidad de Madrid:
- Madrid, carretera A-1, kilómetro 15,95. (Sentido entrada/decreciente, zona de Alcobendas)
- Madrid, carretera A-2, kilómetro 11,8. (Sentido entrada/decreciente, cerca del aeropuerto de Barajas)
- Madrid, carretera A-42, kilómetro 16,9. (Sentido Decreciente a la altura de Getafe)
- Madrid, carretera A-6, kilómetros 20,2. (Sentido decreciente, bajando de la sierra hacia Madrid, cerca de Las Rozas)
Las multas de los 4 radares de líneas continuas pueden ser ilegales
Según el último dictamen judicial, y en opinión de AEA, las miles de multas impuestas por todos estos radares de línea continua podrían ser ya consideradas como ilegales, y además la asociación de automovilistas considera que “es mucho más eficaz para la seguridad vial aumentar la presencia policial que la utilización de sistemas automatizados de denuncias, que tienen una clara finalidad recaudatoria”.
Tal y como te hemos venido contando en los últimos meses, estos radares de línea continua son dispositivos, según la DGT, compuestos “por dos cámaras que fotografían a todos los vehículos que circulan por incorporaciones y por el carril derecho de la vía principal a la que se incorporan” y, mediante grabaciones, busca “detectar en una secuencia de varios metros si un vehículo circula por una vía de incorporación y, a continuación, es captado ya más adelante circulando por la vía principal sin que haya concluido la línea continua”. En estos casos, las cámaras detectan que el vehículo vigilado no ha respetado la norma, enviando el propio sistema las pruebas y grabaciones con fotografías al Centro de Tratamiento de Denuncias Automáticas, donde se tramita directamente la multa económica si se considera la infracción probada y garantizada. Esto último es lo que ahora cuestionan, precisamente, los tribunales.









