La ordenanza municipal aprobada el 13 de septiembre de 2021 para la regularización de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid llega en apenas un mes a su último punto de restricciones. A la vuelta de la esquina, pues para el 2025 ya quedan pocos días, muchos vehículos ya no podrán circular libremente por todo el territorio de la capital española. Y aunque, como en los anteriores puntos, se activará un periodo de preaviso en el que no se multará y que durará unos meses, la preocupación ha aumentado en muchos conductores.
Según algunos medios, esta nueva medida afectará a unos 15.000 vehículos que circulan diariamente por la capital y que en caso de seguir circulando por su Zona de Bajas Emisiones podrán sufrir sanciones económicas. Hay que recordar que la multa en cuestión está catalogada como grave siendo de 200 euros (la mitad pagando con pronto pago) y que no conlleva la retirada de puntos del carnet de conducir.

Los cambios que llegan el 1 de enero
Se podría decir que la Zonas de Bajas Emisiones de Madrid se separa varias zonas que es importante conocer. Por un lado, se encuentra toda el área de la capital, en el que cual ya no se permitía la entrada de vehículos sin distintivo desde el 1 de enero de este 2024. A esto se suman los espacios de Especial Protección (ZBEDEP) tanto en el Centro como en Plaza Elíptica, que son mucho más restrictivos en su reglamento dejándolos prácticamente para etiquetas Eco y 0 emisiones.
Mientras tanto, como ya te hemos ido contando en Autopista, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaraba nulos determinados preceptos legales de la Ordenanza de Movilidad Sostenible sobre la que se regulan las Zonas de Bajas Emisiones de la capital. Pese a ello, el Ayuntamiento todavía tienen potestad para seguir multando a todos aquellos vehículos que no cumplan con la norma, aunque desde la oposición, se ha pedido a los magistrados una ejecución provisional del fallo, con el fin de no afectar a miles de conductores ya y en los próximos meses.

Pero, dado que el Ayuntamiento ha recurrido la sentencia, todavía les permite seguir poniendo multas a los conductores y teniendo en cuenta los ritmos que lleva la justicia en nuestro país, permitirá al consistorio madrileño ganar un tiempo que podría llegar hasta los cuatro años.
Teniendo en cuenta todos estos aspectos, vamos a repasar qué vehículos ya no tendrán permitido el acceso libre a partir del próximo 1 de enero de 2025:
- Residentes: hasta ahora todos aquellos vehículos sin distintivo que estaban empadronados en la capital a fecha el 1 de enero de 2022 y paguen el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid estaban exentos, pero a partir de ahora también serán multados si entran en las ZBE.
- Vehículos de movilidad reducida: en este punto la normativa es un poco ambigua por parte del Ayuntamiento, pero lo que entendemos es que a partir del 2025 será más complicado conseguir el permiso mediante el alta en el Sistema de gestión de accesos a Madrid ZBE para aquellos que no tengan distintivo.
- Por último, no se permitirá tampoco el acceso a todos aquellos vehículos que no tengan distintivo incluyendo aquí los camiones, furgonetas, motocicletas o ciclomotores.

Las excepciones para 2025
Aún aumentando un poco más las restricciones para el 2025, desde la ordenanza municipal todavía se contemplan una serie de excepciones para aquellos vehículos que no tienen distintivo, pero es posible que no duren mucho tiempo. Son las siguientes:
- Como comentaba antes, el Ayuntamiento todavía permitirá el acceso a algunos de estos vehículos de personas de movilidad reducida, siempre que se den de alta en la web y exhiban la respectiva TEPMR.
- Otra de las excepciones contempladas es para los vehículos que se han declarado como históricos dentro del Registro de Vehículos de la DGT y que cumplan con el último reglamento publicado.
- Los últimos que quedan incluido son los de emergencias, como podrían ser los de extinción de incendios.