En España, hasta ahora, todos los vehículos estaban obligados a pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Sin embargo, una nueva normativa, en vigor desde el pasado 1 de octubre de 2024, ha traído cambios que modifican y actualizan ciertos requisitos importantes, uno de ellos, y el que nos ocupa ahora, el de los vehículos que quedan exentos ya de pasar esta revisión obligatoria.
En nuestro país, y según queda establecido por ley, un coche nuevo debe pasar su primera ITV a los cuatro años desde su matriculación. A partir de los 4 años y hasta los 10, deberá pasar la inspección obligatoria cada 2 años. Y si tiene más de 10 años de antigüedad, deberá pasar la ITV anualmente.
Estos vehículos no tendrán que pasar la ITV a partir de ahora
Sin embargo, una nueva normativa para vehículos históricos ha modificado los plazos de inspección de este tipo de coches. A partir de las actualizaciones del nuevo Real Decreto 892/2024 que entró en vigor el 1 de octubre de 2024, la legislación exime ya a ciertos vehículos de pasar la ITV.
El propósito principal de esta nueva normativa es redefinir el concepto de vehículo histórico y fomentar su reconocimiento y conservación. De esta forma, se considera histórico a aquel vehículo que por su antigüedad, interés o singularidad merezca una consideración especial. Además, le ofrece una protección diferente, como parte de nuestro patrimonio cultural, a la vez que permite su utilización con la debida seguridad técnica y mecánica.

Y una de las principales novedades de esta nueva normativa es que los vehículos históricos de más de 60 años están exentos ya de la revisión periódica de la ITV. No obstante, la ley también establece que los propietarios pueden optar por realizar ITV voluntarias.
Estos vehículos, al quedar exentos de pasar la ITV, tampoco llevarán la conocida “pegatina” de la ITV y en su lugar llevarán el distintivo “H” que indica que el vehículo está clasificado como histórico.
Así queda la ITV para el resto de vehículos históricos
El resto de los vehículos tienen que seguir acudiendo a los exámenes de inspección de la ITV, pero ésta tiene validez por más tiempo, de 2 a 4 años, en función de su antigüedad:
- Los vehículos con 30 a 40 años, deberán pasar la ITV cada 2 años.
- Entre 40 y 45 años de antigüedad, la ITV será obligatoria cada 3 años.
- Aquellos vehículos de más de 45 y hasta 60 años, tendrán que pasarla cada 4 años.
- Todos los ciclomotores históricos, independientemente de su antigüedad, están exentos de pasar la ITV.
Además, en la revisión de la ITV no se le exigirá al vehículo contar con elementos o características obligatorios para circular a día de hoy si cuando fue fabricado no estaba equipado con dichos elementos.