Nuevo año y nuevos coches que deberán pasar la ITV en España. Sí, al ser un trámite obligatorio y periódico, es obvio que cada 12 meses nuevos vehículos tienen que acudir a las estaciones de inspección, pero ante el elevado absentismo que registran las revisiones en España, que llegan a superar incluso el 30%, es decir, más de 3 de cada 10 vehículos que tiene cada año que pasar la ITV no lo hace, las administraciones han decidido recordar a quién toca y a quién no.
Los vehículos con matrículas entre LMC y LVV deben pasar ya su primera inspección
Ante esta realidad, AEMA-ITV, la Asociación de Entidades para la Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid, ha emitido un comunicado para confirmar que, a partir de este mismo mes de enero de 2025, y por primera vez, todos los vehículos matriculados en España en el año 2021, es decir, con matrículas hoy comprendidas ya entre las letras LMC y LVV, deberán someterse en este nuevo año a su primera inspección obligatoria.
Este trámite, indispensable para asegurar el buen funcionamiento y óptimo estado de los vehículos para circular en carretera de manera segura y cumpliendo con los estándares medioambientales establecidos, hay que recordar que todos los turismos tienen que pasarla por primera vez a los 4 años de su fecha inicial de matriculación, debiendo someterse posteriormente entre los 4 y 10 años a la inspección ya de manera bienal y, desde entonces, de forma anual una vez superados la década de antigüedad.

Desde AEMA-ITV recuerdan que esta norma es obligatoria superarla incluso si no utilizas el vehículo, y lo tienes parado o aparcado, reiterando que, según un estudio de la Universidad Carlos III de Madrid, las revisiones permiten salvar cada año la vida de hasta 723 muertes, evitando también hasta 13.100 personas heridas.
Estos vehículos, por el contrario, no tendrán que pasar más la ITV
Junto a esta nueva situación, las ITV también confirman que, por el contrario, otros vehículos ya no tendrán que acudir más a las inspecciones obligatorias debido a un nuevo Reglamento introducido por el Gobierno mediante un Real Decreto que entró en vigor el pasado mes de octubre del pasado año. Esta normativa, por fin, servía para actualizar una regulación que databa en nuestro país desde 1995 sin cambios y ha simplificado muchos trámites burocráticos, eximiendo por primera vez a un tipo de vehículo de acudir a las estaciones de inspección.
En concreto, hablamos del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, un documento que, impulsado desde la DGT y los ministerios de Interior y de Industria y Turismo, se ha desarrollado en España en los últimos meses con el objetivo de evitar también que sigan saliendo de nuestro país vehículos históricos y de gran valor patrimonial hacia otros lugares con normativas más laxas.

Así, junto a otras medidas como la simplificación máxima en sus procesos de tramitación como Vehículos Históricos (VH) siempre que tengan más de 30 años, la documentación en regla y la ITV al día, como su nueva libre circulación incluso por Zonas de Bajas Emisiones, como la desaparición de la doble matriculación y como la posibilidad de recuperar la matrícula original, este Reglamento de Vehículos Históricos añade, textualmente y como gran novedad, que “se exime de la ITV periódica a aquellos vehículos históricos con antigüedad superior a 60 años”.
Queda por tanto claro que estos vehículos no tendrán de manera obligatoria que volver a pasar la inspección, y además no serán los únicos. El nuevo Reglamento firmado por la DGT también exime de tener que pasar ya la ITV además a todos “los ciclomotores clasificados como históricos, para los que la exención es ya total”, independientemente de su antigüedad. Eso sí, desde la Dirección General de Tráfico recomiendan no obstante acudir a las estaciones para revisiones que aseguren su correcto funcionamiento. “En ambos casos, los propietarios de dichos vehículos tienen la facultad de optar por las ITV voluntarias”, especifica la nueva normativa.