Toda la verdad sobre las “extrañas multas” de la DGT que asombran y asustan a Europa

El periódico inglés ‘The Sun’ ha alertado a sus ciudadanos sobre “las leyes de conducción extrañas” de nuestro país.

Toda la verdad sobre las “extrañas multas” de la DGT que asombran y asustan a Europa
Toda la verdad sobre las “extrañas multas” de la DGT que asombran y asustan a Europa

El periódico de las Islas ha decidido poner sobre aviso a los ingleses que vayan a venir de vacaciones a España advirtiéndoles sobre unas supuestas “extrañas leyes” de nuestro país para que nos sean multados.

¿A qué leyes se refieren?

 Pues la realidad es que a ninguna. El periódico The Sun explica a sus compatriotas que en nuestro país hay una prohibición acerca de “conducir sin camiseta, con ropa inapropiada o con chanclas” sanción. Además, especifican que las multas pueden ir desde los 80 hasta los 200 euros dependiendo de la gravedad de la infracción.

¿Hay algo de verdad en esto?

Pues a pesar de haber una posible base a la que ahora nos referiremos, la verdad es que no hay mucha realidad en esto a lo que se refieren los ingleses. En España la normativa no especifica en ningún solo momento que no esté permitido conducir sin camiseta, con ropa inapropiada o con chanclas, como hay gente que sí que cree.

Mujer conduciendo con tacones
Mujer conduciendo con tacones

¿Qué dice la ley española?

Hay dos artículos que se refieren a cuestiones que pueden llegar a acercarse a lo que se refieren nuestros compañeros de ‘The Sun’. Se trata de estos:

  • Artículo 17.1 - Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales.
  • Artículo 18.1 - El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos

¿Entonces cuándo puedo ser multado?

Como bien habréis leído, los artículos referidos a estas cuestiones en el Reglamento General de Circulación, el RGC no prohíben explícitamente el hecho de “conducir sin camiseta, con ropa inapropiada o con chanclas”.

Sin embargo, sí será decisión de las autoridades, ya sea Policía Nacional, Local o Guardia Civil los que estipulen si el conductor está en primer lugar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo, en lo cual podría perjudicar alguna prenda de ropa o en si nuestra vestimenta nos permite mantener la libertad de movimientos el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción.

La propia DGT ya se ha pronunciado al respecto en varias ocasiones avisando de que debemos de tener cuidado.

Ejemplos

No es lo mismo, por ejemplo, conducir con chanclas de dedo que con unas Crocs o similares que fijen bien el pie. Tampoco lo es conducir descalzo en un clima templado como en uno caluroso o en determinadas situaciones donde te puede acabar sudando el pie y haciendo que resbales. Asimismo un abrigo muy gordo podría suponer alguna dificultad para la vista.

 

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