Un vídeo que se ha hecho viral en la red TikTok ha vuelto a sacar a la palestra la cuestión de que muchos radares colocados en las carreteras españolas no se han ubicado de forma correcta. Por este motivo, las multas que están emitiendo podrían ser recurridas ante la justicia como te explicaremos más adelante.
Como podemos ver en las imágenes del abogado Carlos Quintia, en la carretera AG-41, también conocida como la autovía del Salnés, que transcurre entre las localidades de Portela y Sangenjo se ha colocado un radar fijo a una distancia de tan solo 27 centímetros de un quitamiedos, lo cual incumple tanto con la normativa europea y, por ende, la española.
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La normativa de la discordia
La función de los radares es aumentar la seguridad en las carreteras, pues funcionan como elemento disuasorio para que los conductores no circulen a velocidades superiores a las permitidas. Pero claro, si estos no están bien colocados o entorpecen las funciones de otros elementos que nos protegen, como puede ser un quitamiedos, suponen un gran peligro.
El abogado cita en el vídeo la normativa UNE 1317, que está vigente para todos los países de la eurozona desde el año 2011. En ella se establecen los requisitos para la instalación de sistemas de contención de vehículos en todas las carreras y allí se indica claramente que la distancia entre los distintos objetos debería ser de 1,5 metros.

Al final hay que ponerse en la situación. Vamos a pensar en esta autovía gallega la cual tiene un límite genérico de 120 km/h. Por el motivo que sea un vehículo de cualquier índole sufre un accidente y sale despedido contra el quitamiedos de la vía. Este debe absorber el impacto para que las víctimas no se precipiten fuera de la carretera, pero al estar el radar tan cerca no puede hacerlo de forma correcta. Porque no lo olvidemos, este tipo de dispositivos suelen estar instalados sobre peanas de cemento para fijarlos bien.
Pero es que además estos requisitos también están recogidos en la legislación española. Como os contamos en el mes de agosto, la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas ha puesto varias denuncias a la DGT por incumplir esta norma de instalación de los distintos elementos en las carreteras.

La asociación señala que en el Real Decreto 1428/2003 en su artículo 4 apartado 3 indica que “no se instalará en vías o terrenos objeto del ámbito de aplicación de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial ningún aparato, instalación o construcción, ni se realizarán actuaciones como rodajes, encuestas o ensayos, aunque sea con carácter provisional o temporal, que pueda entorpecer la circulación”.
Quizás con ese extracto no quede muy claro la denuncia, pero hay otro documento oficial en donde se explica mucho mejor. Me refiero a la orden circular 35/2014 que en sus tablas 5 y 7 indica la distancia a la que tienen que estas los distintos objetos respecto a un guardarraíl. Y deja claro que se debe aplicar un rango entre los 1,3 y los 1,5 metros, una medida muy superior a la que se denuncia en el vídeo de TikTok de arriba.
Teniendo en cuenta todas estas consideraciones y reglamentaciones, desde medios como El Adelantado señalan que de los aproximadamente 780 radares fijos que existen en nuestro país, un 30% de ellos no cumplirían con alguna de las normas que he indicado en este artículo. Por este motivo, las multas que están poniendo ahora estos cinemómetros serían ilegales y se podrían recurrir ante la justicia. ¿Se pondrá ahora la DGT a cambiar la ubicación de todos estos dispositivos?