Madrid vuelve a multar en Distrito Centro: qué coches no pueden entrar, por dónde y cuál es la multa

Lo que antes se llamaba Madrid Central y ahora es Distrito Centro empieza de nuevo a multar desde este sábado 11 de diciembre. Estas son todas las claves.

Multas a partir del 11 de diciembre en el nuevo Distrito Centro de Madrid
Multas a partir del 11 de diciembre en el nuevo Distrito Centro de Madrid

Tras su aprobación en el pasado mes de septiembre, la nueva Zona de Bajas Emisiones de Madrid está a punto de entrar en funcionamiento de forma definitiva. Han pasado ya casi dos meses desde que se aprobase la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid y, con ella, lo que ahora pasa a conocerse como Distrito Centro: un área de acceso restringido a los vehículos que sustituye al Madrid Central que instauró Manuela Carmena y que el Supremo tumbó por defectos de forma.

A partir de este sábado 11 de diciembre, las cámaras del Distrito Centro ya multarán, después de un “período de gracia” de un par de meses. A partir de entonces, los vehículos con distintivo medioambiental de la DGT de los tipos A, B y C tendrán el acceso restringido (con excepciones) a las 472 hectáreas, que abarcan todos los distritos de los barrios de Palacio, Embajadores, Sol, Cortes, Justicia y Universidad. Puedes ver el mapa que abarca el Distrito Centro en la siguiente imagen.

Mapa Distrito Centro
Mapa Distrito Centro de Madrid.

Distrito Centro de Madrid: ¿qué vehículos pueden entrar y cuál es la multa?

Los vehículos con distintivo ECO o Cero no tendrán ninguna limitación para entrar en el Distrito Centro de Madrid. Tampoco los residentes empadronados en alguno de los barrios antes comentados, así como los comerciantes de la zona. Estos últimos han sido los grandes beneficiados de la renovación de la zona de bajas emisiones madrileña, ya que antes no tenían dicha equiparación con los residentes. Eso sí, los comerciantes podrán circular sin riesgo a multa a partir del 22 de diciembre.

La sanción por no cumplir con las normas que impone la nueva ley Madrid 360, que abarca el nuevo Distrito Centro y la nueva zona de bajas emisiones de Plaza Elíptica (que multará a partir del 22 de febrero), es de 90 euros, que se queda en 45 euros con pronto pago. En función del distintivo medioambiental que tenga (o no) el vehículo, se incluyen estas excepciones:

  • Los vehículos sin derecho a la pegatina ambiental no podrán acceder a Distrito Centro, salvo que seas residentes empadronados, el vehículo esté en tu propiedad y esté domiciliado en Madrid; trabajes y ejerzas tu actividad en alguno de los barrios de la zona; traslades a personas de movilidad reducida; o dejes en el colegio a tus hijos. Recuerda que a partir de este 1 de enero de 2022 estos vehículos ya no podrán acceder al interior de la M-30, salvo que sean residentes.
  • Los vehículos con distintivo B o C pueden acceder también si están empadronados, realizan algunos de los traslados antes comentados o si son vehículos de invitados autorizados por los residentes. En otros casos, solo pueden entrar en el Distrito Centro si van directamente a un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional.

En la página web de Madrid360.es podrás consultar cómo te afecta introduciendo el número de matrícula de tu vehículo. Pero resumiendo: si no eres residente empadronado, comerciante de la zona, trasladas a personas de movilidad reducida o a niños a los colegios de la zona, deberías estar atento a las restricciones para no llevarte una multa inesperada.

Los residentes del Distrito Centro disponen de hasta 20 invitaciones por mes para vehículos de familiares o amigos (siempre que dispongan de etiqueta B o C), que pueden solicitar en esta web de forma telemática. Estos pueden dejar el vehículo estacionado en la calle durante un máximo de 2 horas o sin límite en un garaje.

 

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Madrid incorporará nuevos radares a sus calles. Foto: iStock.

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