Radares en la carretera hay muchos, se cuentan por miles, y más que habrá durante los próximos meses. Es más, según el I Observatorio de Radares en España elaborado por Coyote, en 2021 vimos un incremento del 4 por ciento en la cantidad de radares en las carreteras españolas y se espera otro 10 por ciento más para este 2022. Además, muchos de ellos serán de tramo, una tipología de radar que la DGT ha pasado a declarar como “favorita” para controlar la velocidad de los conductores en las vías de nuestro país.
Estos radares, como decimos, tienen una funcionalidad muy concreta: detectar la velocidad a la que circulan los vehículos, hacerles una foto y remitirlas a un centro de gestión de multas para que, posteriormente, el conductor pague la infracción (o recurra dicha multa, si se da el caso). Cada carretera tiene establecida una velocidad máxima a respetar, pero estos radares tienen un margen de error que los hace saltar a una velocidad diferente a ese límite de vía.
Ese margen de error ha sido anunciado ya varias veces en las cuentas de redes sociales de la Guardia Civil: en ellas apelan a la famosa “regla del 7”, que establece que para saber la velocidad a la que saltará el radar, debemos sumar 7 km/h si la velocidad máxima es de hasta 100 km/h, y sumar un 7 por ciento si es superior. Es decir, que en una vía a 90 km/h, el radar saltará a 97 km/h; sin embargo, en una autovía limitada a 120 km/h, saltará a 128,4 km/h.

Los márgenes de error de los radares: varían según el tipo de dispositivo
Este es un mensaje muy manido durante los últimos años, pero que no se ajusta al cien por cien a la realidad actual. Y es que, desde AUTOPISTA, venimos haciendo referencia en los últimos tiempos a la Orden ICT ministerial publicada en el BOE en 2020, que distingue márgenes de error distintos en función de si el radar en cuestión es fijo, móvil (estático o no) o aéreo (Pegasus).
Ya no solo podemos hablar de la “regla del 7”, que en realidad solo se ajusta (o debería ser así) en la realidad a los radares móviles acoplados a coches en movimiento. Tanto los radares fijos como los radares móviles estáticos (aquellos instalados en un trípode o en coches parados), así como el radar helicóptero Pegasus (en su caso siempre el 5 por ciento sobre la velocidad máxima), tienen que respetar la “regla del 5”. Y para más inri, los antes mencionados radares de tramo, utilizan en su caso la “regla del 3”.
¿En qué se traduce todo esto? En la siguiente tabla tienes varios ejemplos de cómo se aplican las diferentes “reglas” para conocer, o al menos saber calcular, la velocidad real a la que saltan los radares. Ten en cuenta, además, que con la nueva Ley de Tráfico ya en vigor se ha eliminado el margen de 20 km/h extra para adelantar en carreteras secundarias, por lo que ya siempre se tendrá en cuenta como referencia el límite de la vía.
Radar fijo (+5 km/h y 5%) | Radar móvil estático (+5 km/h y 5%) | Radar móvil (+7 km/h y 7%) | Radar Pegasus (+5%) | Radar de tramo (+3 km/h y 3%) | |
20 km/h | 25 km/h | 25 km/h | 27 km/h | 21 km/h | 23 km/h |
30 km/h | 35 km/h | 35 km/h | 37 km/h | 31,5 km/h | 33 km/h |
50 km/h | 55 km/h | 55 km/h | 57 km/h | 52,5 km/h | 53 km/h |
90 km/h | 95 km/h | 95 km/h | 97 km/h | 94,5 km/h | 93 km/h |
100 km/h | 105 km/h | 105 km/h | 107 km/h | 105 km/h | 103 km/h |
120 km/h | 126 km/h | 126 km/h | 128,4 km/h | 126 km/h | 123,6 km/h |
*A partir de 100 km/h se tiene en cuenta el porcentaje sobre la velocidad.
*El radar helicóptero Pegasus siempre tiene en cuenta el porcentaje, independientemente de la velocidad.