Estos son los nuevos vehículos que podrán ya acceder a las ZBE: la DGT elimina sus restricciones

Ni cuentan con etiqueta de la DGT, ni son coches modernos o electrificados. Sin embargo, un nuevo Real Decreto aprobado por el Gobierno les permite ya la libre circulación incluso por las nuevas Zonas de Bajas Emisiones, con algunas limitaciones.

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Ya es oficial. Después de años de negociaciones y de numerosas reivindicaciones por parte del sector automovilístico, ya tenemos nuevo Reglamento de Vehículos Históricos. El Gobierno lo aprobó ayer mismo, día 10 de septiembre, en Consejo de Ministros, actualizando así por fin una norma y una legislación que permanecía intacta desde hace casi 30 años, tras el último Real Decreto aprobado en el año 1995. Ha llovido, desde luego.

Esta nueva normativa, que nace con el objetivo de proteger el valor patrimonial del automóvil antiguo y con vistas a adecuar la regulación a las actuales legislaciones europeas, entrará definitivamente en vigor a partir del próximo día 1 de octubre. Impulsada desde la DGT y con la colaboración de los ministerios de Interior y de Industria y Turismo, incorpora importantes novedades.

Entre ellas, figuran ya la simplificación máxima en las tareas de tramitación de los vehículos como históricos, siempre que tengan como condición más de 30 años, la documentación en regla y la ITV al día; la exención de la ITV para los vehículos con más de 60 años y los ciclomotores considerados como históricos, sea cual sea aquí su antigüedad; o la desaparición de la doble matriculación y la posibilidad de recuperar la matrícula original.

Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, procedimiento abreviado, más barato y extensivo
El Gobierno y la DGT han aprobado un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos.

Estas son solo algunas de las grandes modificaciones que ha aprobado el nuevo Real Decreto del Gobierno, una normativa que, según nos ha contado Pere Navarro, director de la DGT, llegan “tras un análisis del Reglamento de 1995. Todos estuvimos de acuerdo en que convenía actualizarlo y modificar los trámites con el objetivo de que fuesen cortos, sencillos y económicos. El automóvil ha sido uno de los protagonistas del siglo XX y del desarrollo de nuestro país. Y hoy constatamos, además, que detrás de los vehículos históricos hay una actividad económica nada despreciable”.

Los vehículos históricos podrán acceder a las Zonas de Bajas Emisiones

Sin embargo, quizá la medida más polémica y que más debate va a generar a partir del próximo 1 de octubre será la posibilidad de que estos vehículos históricos puedan circular libremente por cualquier vía pública, incluidas las Zonas de Bajas Emisiones con restricciones de circulación para los vehículos sin etiqueta ambiental de la DGT, como obviamente son todos los históricos.

Ese apartado se contempla ya en el nuevo Real Decreto aprobado por el Gobierno, aunque con alguna limitación que deberemos contrastar cuando la normativa salga por fin publicada íntegramente en el BOE, ya que de momento la DGT solo ha avanzado los aspectos claves del nuevo Reglamento y las medidas principales, entre las que figura esta exención de prohibición para estos vehículos.

Cómo debes circular en las Zonas de Bajas Emisiones y lo que tienes que saber para que no te multen
La DGT tramita que los vehículos históricos puedan circular por las Zonas de Bajas Emisiones.

Aunque la DGT no tiene la competencia de definir qué vehículos podrán o no entrar a cada Zona de Bajas Emisiones, siendo los Ayuntamientos los organismos regulatorios, desde Tráfico instan ya textualmente a las propias autoridades municipales “a que, en el ejercicio de sus competencias para la regulación de los usos de las vías urbanas y para la restricción de la circulación a determinados vehículos en dichas vías por motivos medioambientales, establezcan fórmulas en sus ordenanzas municipales que permitan la circulación a aquellos propietarios que hacen uso esporádico o no habitual de sus vehículos históricos.

Los vehículos de uso ocasional solo podrían circular 96 días máximo al año

Este último apartado es muy importante, ya que Gobierno y DGT establecen ese nuevo concepto de “vehículos de uso ocasional o esporádico, definido como aquellos automóviles o vehículos que no excedan de 96 días al año en su circulación. Por lo tanto, se entiende que la petición de Tráfico es permitir la entrada y aparcamiento de los vehículos históricos en las ZBE, con una limitación a esos mencionados 96 días máximos al año.

Los Vehículos Históricos podrán acceder a las ZBE con un permiso de 96 días al año.
Los Vehículos Históricos podrán acceder a las ZBE con un permiso de 96 días al año.

Con esta matización, la DGT pretende evitar la picaresca que lleve a propietarios a usar vehículos históricos para usos diarios, intensivos y lucrativos, excediendo su consideración y catalogación como bienes históricos. Cuando se publique definitivamente el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos en el BOE podremos avanzaros más detalles sobre esta importante medida.

 

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