Por fin. En 2023 la DGT aprobará ya oficialmente una nueva regulación de coches históricos de la que ya ha informado al sector. Esta nueva normativa servirá de reemplazo al primer Reglamento de Vehículos Históricos, creado nada menos que en 1995, hace ya casi 28 años. Con este nuevo anuncio, desde Tráfico se introducirán novedades muy importantes para este tipo de modelos.
Elaborada por la DGT, junto al Ministerio de Industria y las Comunidades Autónomas, y con la ayuda y visto bueno de la Federación Española de Vehículos Antiguos, esta nueva regulación establecerá ya en 2023 “las normas especiales que posibiliten la circulación de vehículos históricos y fomenten la conservación y restauración de los que integran el patrimonio histórico automovilístico”. Gracias a todo ello, desde su aprobación disminuirán los trámites para obtener la catalogación y los propietarios de este tipo de vehículos podrá circular con ellos por un coste de gestión de solo unos 20 €.
Pero, ¿cuáles van a ser desde ahora los requisitos que regularán la clasificación de vehículos históricos? En principio, la norma establecerá que cualquier vehículo que cuente con más de 30 años desde su matriculación o fabricación, que se encuentre en estado original, inscrito en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico, y que haya participado en sucesos históricos, pertenecido a personalidades o de colección por su singularidad y escasez, podrá obtener esta calificación.

Estos vehículos estarán ya exentos de pasar la ITV
Según los datos de la DGT, actualmente hay registrados aproximadamente 47.000 vehículos históricos en nuestro parque automovilísticos, que tendrán también importantes novedades y beneficios desde 2023 con la aprobación de la nueva regulación. Quizá la más importante será que aquellos vehículos fabricados ya o matriculados antes de 1950, así como los ciclomotores calificados de históricos o los transportes agrícolas, estarán ya el próximo año exentos de pasar la ITV. El resto de los considerados históricos que no pertenezcan a este grupo, lo tendrá que hacer cada 2 o 4 años, eso sí, sin la necesidad de revisar elementos mecánicos y de seguridad que no poseen de fábrica, así como quedarán liberados de someterse a las pruebas de emisiones contaminantes.
A todo ello, los vehículos históricos deberían poder circular el próximo año por todas las Zonas de Bajas Emisiones obligatorias que entrarán en vigor en más de 150 ciudades de España, aunque en última instancia serán los Ayuntamientos los que regulen en cada localidad qué coches podrán o no circular. La DGT eso sí recomienda ya a todos los Consistorios municipales que les permitan su circulación al ser vehículos de especial protección.
Recordamos por último que actualmente hay clasificados dos tipos de vehículos históricos: los del Grupo A, que son aquellos que tienen más de 30 años de antigüedad, disponen de matrícula española y tienen ITV en vigor; y los del Grupo B, que son el resto, que proceden del extranjero o no tienen activo el permiso de circulación.