Quizás pensabas que solo podías ser multado por no haber pasado la ITV si te pillaban conduciendo. Craso error: incluso si lo tienes aparcado en la calle, la DGT puede acabar multándote con un una sanción económica de 200 euros. Así lo recoge la Ley que regula la inspección técnica de vehículos: “los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica […] con la periodicidad, requisitos y excepciones que se establecen en la reglamentación”
Muchos conductores, como efecto de la pandemia, del incremento del teletrabajo, de las restricciones de movilidad… están dejando de utilizar el vehículo con la misma frecuencia que antes. Esto puede provocar que los más despistados no recuerden cuándo haya que pasar la ITV obligatoria en su coche. Más te vale recordarlo ya que, como decíamos, incluso teniendo el vehículo aparcado en la calle sin moverlo, puedes ser objeto de multa.
Multas por incumplir con la ITV
Lo habitual suele ser, no obstante, que los agentes de Tráfico a pie de carretera intercepten a aquellos conductores que circulan con irregularidades relacionadas con la ITV. A saber, la infracción grave que acarrea tiene unas cuantías diferentes y podría incluso conllevar la inmovilización del vehículo si los agentes así lo determinan: si no has pasado la ITV a tiempo y esta está caducada, la sanción es de 200 euros; también son 200 euros de multa si circulas con un resultado desfavorable; y serán 500 euros si te pillan circulando con un resultado negativo en la ITV, sin la posibilidad de pagar la mitad por pronto pago.
Incluso circular sin la pegatina de la ITV en el parabrisas se sanciona: en este caso, con 80 euros. Y hace un par de meses conocimos un casi que puede marcar un precedente en España: conductores circulando una pegatina de la ITV falsa, lo que incurre en un delito de falsedad documental. El Tribunal Supremo castigó a un conductor, en este sentido, con 720 euros de multa.
La única manera de no estar obligado a pasar la ITV con la periodicidad habitual es cuando el coche ha sido dado de baja temporal. En este caso, deben quedar inmovilizados y estacionados en espacios cerrados y privados. Los vehículos que siguen circulando bajo estas condiciones son los que conocemos como “coches zombies”, una problemática contra la que la DGT lleva años pelando.
Recuerda los plazos: los turismos recién matriculados no tienen que pasar la ITV hasta que se cumplan los primeros 4 años; después, cada 2 años hasta cumplir la década; a partir de entonces, la ITV se hace obligatoria cada año.