Hace unos meses nos hacíamos eco de una cifra preocupante: alrededor de 5,7 millones de coches circulan por las carreteras españolas sin la ITV en vigor, según cifras de la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) en el pasado mes de septiembre.
A estas alturas de la vida, todos conocemos la importancia de llevar nuestro vehículo a pasar su correspondiente cita con la ITV: eso nos garantiza que el vehículo circula con unas mínimas condiciones de seguridad y de respeto al medio ambiente, dentro de unas normas establecidas.
Más preocupante resulta todavía que haya conductores que, además de no haber pasado la correspondiente ITV, se las ingenien para llevar una pegatina en el parabrisas de su coche cuando no deberían. Los casos más recientes sucedidos en España nos dejan unos precedentes de lo que podría pasarle a los conductores que cometan este delito.

Sí, así es: llevar una pegatina falsa de la ITV en el coche se considera un hecho delictivo, un delito por falsedad documental, dictaminado por el Tribunal Supremo tras varios casos precedentes en los que varias audiencias provinciales habían dictaminado resoluciones contradictorias. Así ha sido en los últimos casos ocurridos en nuestras carreteras. Los últimos, dos conductores en Burgos; pero meses atrás, otro conductor tuvo que hacer frente a una multa de 720 euros, en una resolución que llegó hasta el Supremo y que es el que ha marcado el precedente que, seguro, se seguirá a partir de ahora.
Recuerda también que circular con la pegatina de la ITV caducada o tras tener un resultado desfavorable acarrea 200 euros de multa. Por su parte, hacerlo con una ITV negativa se pena con 500 euros de sanción y con la inmovilización del vehículo.