El aparcamiento de un centro comercial en un fin de semana, sobre todo si hay mal tiempo o lluvia, puede convertirse en una auténtica anarquía de las normas de circulación. Es como si al descender a estos lugares nos transformáramos y olvidáramos que las normas de circulación siguen estando vigentes ¿no?
Pues esta es una cuestión que tienen muchos conductores. Yo he visto en estos lugares como cuando los sitios escasean se dejan “tirados” los coches en cualquier esquina o hueco, aunque no esté delimitado como una plaza de estacionamiento o entorpezcan las maniobras de los que sí lo hicieron bien. Por no hablar de aquellos que ocupan sin ningún rubor las plazas reservadas para personas discapacitadas, muy golosas por su tamaño y ubicación cerca de los accesos, o ahora también sobre las que se han habilitado para la instalación de puntos de carga para los coches eléctricos.
La última de las triquiñuelas que se me ocurren es aquellos que, pese a la señalética de los aparcamientos, deciden circulan por calles en dirección contraria porque creen haber visto un hueco libre tras estar un rato largo buscando. Quizás los ha movido la desesperación, pero la maniobra que están realizando, más allá de ser ilegal, puede ponerlos en peligro.
¿Me pueden multar en un aparcamiento de un centro comercial?
Muchos conductores tienen la creencia de que los aparcamientos de los centros comerciales o demás centros públicos son espacios privados y los agentes de seguridad, ya sea policía local o Guardia Civil no pueden entrar allí. Pero esto es un pensamiento erróneo, ya que por su naturaleza se consideran de uso público, por lo tanto, las normas de circulación también se deben respetar en estos recintos y las autoridades te pueden multar igualmente.
De todas las infracciones antes comentadas, la más habitual suelen ser la de estacionar en las plazas reservadas para personas discapacitadas. En estos casos, suele ser el propio centro comercial el que avisa a la grúa cuando encuentra un coche estacionado allí y que no tiene el correspondiente distintivo, aunque en ocasiones esta llamada la tiene que realizar el perjudicado. Es muy parecido a lo que empieza a suceder ahora con lugares destinados para cargar coches eléctricos.
Como han publicado en La Razón, ya hay un precedente de una multa por este motivo arriba explicado. Fue en 2020 cuando un conductor fue sorprendido aparcando en una de esas plazas azules dentro de un centro comercial. El infractor recibió una denuncia y fue sancionado con 200 euros, una multa, que como explican en el medio, fue ratificada por el juzgado de Vigo tras un recurso en el que alegaba que el aparcamiento no pertenecía a la vía pública. Y la misma cuantía es la que se está aplicando por hacerlo en los huecos donde hay puntos de carga para vehículos eléctricos.
Lo que rara vez se suele sancionar es circular en dirección contraria por una calle de un centro comercial. Suelen ser maniobras cortas, por lo que muchas veces el resto de los usuarios ni se dan cuenta. Solo en el supuesto de que dicha actitud provoque un accidente se aplicaría la ley y el conductor sería el responsable de los daños.
Las excepciones de las multas en aparcamientos
Más allá de estos ejemplos prácticos, es la propia ley la que indica que sí se puede sancionar en estos aparcamientos públicos. Según Legálitas la norma se aplica en “todo el territorio nacional y obligará a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios”.
Por tanto, la excepción la encontraremos en los garajes de las viviendas. En este caso sí que tienen naturaleza de privados, pues solo pueden acceder a ellos los propietarios de esas plazas. Aunque como no suelen ser muy grandes, no hay espacio para poder realizar alguna infracción de tráfico, aunque sí se pueden dar algunos conflictos legales.
Volviendo al mismo medio, indican que, si un vecino aparca su coche en numerosas ocasiones en una plaza que no es la suya, el dueño de este espacio puede presentar una denuncia que será tratado como un conflicto de particulares (no tiene que ver con la Ley de Seguridad Vial).









