La DGT no prohibirá adelantar camiones a los turismos, pero sí se lo limitará a estos conductores

Aunque en los últimos días han salido informaciones asegurando que se prohibiría adelantar a los camiones en ciertos tramos, no es una medida que afecte a los turismos.

La DGT no prohibirá adelantar camiones a los turismos, pero sí se lo limitará a estos conductores
La DGT no prohibirá adelantar camiones a los turismos, pero sí se lo limitará a estos conductores

Como te venimos contando habitualmente en Autopista, uno de los grandes objetivos de Pere Navarro, director general de la DGT, es combatir contra la saturación en nuestras carreteras. Abogando que cada vez hay más vehículos y las vías siguen siendo las mismas, desde su departamento están tomando una serie de medidas encaminadas a intentar descongestionarlas.

Y precisamente en el BOE del pasado 14 de enero se incluyó un apartado que se titulaba como “Medidas para optimizar la fluidez de la circulación en el uso de la infraestructura vial existente”. En él podemos encontrar soluciones como la “habilitación de carriles en sentido contrario al habitual en determinados tramos de carretera” o el “uso dinámico del arcén”. Y en el primer apartado existe otra disposición que en algunos medios no ha sido bien entendida.

La autopista AP 4 permite ya en un tramo circular legalmente por el arcén en determinadas circunstancias
La autopista AP-4 permite ya en un tramo circular legalmente por el arcén en determinadas circunstancias

Los turismos sí podrán adelantar a los camiones siempre

Como hemos podido comprobar en los últimos días, algunos medios de comunicación han publicado noticias del tipo “la DGT prohibirá a los turismos adelantar a los camiones en determinadas circunstancias”, basándose precisamente en el apartado D.3.1 del Boletín Oficial del Estado al que antes hacía mención.

En concreto lo que reza es lo siguiente: “Prohibición de adelantamiento en determinados tramos de carretera a vehículos de transporte. Con objeto de incrementar la seguridad vial y favorecer la fluidez de la circulación, el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico podrá fijar, durante días y periodos horarios concretos, la prohibición de adelantamiento a los vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A., vehículos que precisen autorización complementaria y vehículos especiales, en las fechas y vías que se recogen en el anexo V apartado 3.º de esta Resolución”.

Camión adelantando a otro camión
Camión adelantando a otro camión

Como podemos comprobar tras leer ese párrafo es que en ningún momento se estará refiriendo a los turismos u otro tipo de vehículos como podrían ser las motocicletas, sino que es una orden que implica directamente a los camiones de más de 7.500 kg de M.M.A, a los que precisen una autorización complementaria o a los denominados como “especiales”. Para estos conductores sí estará prohibido esta maniobra en determinadas circunstancias.

Para conocerlas tenemos que pasar al anexo V apartado 3.º de este documento. Allí encontramos que el lunes 6 de abril los citados vehículos de transporte no podrán adelantar en la A-62 desde el punto kilométrico 101 hasta el 151 desde las 15:00 a las 23:00 horas en ambos sentidos o que todos los sábados se aplicará la misma medida en la A-49 entre el P.K. 0 y el 23 en sentido Ayamonte, por poner dos ejemplos.

Autovía en San Sebastián
Las restricciones de adelantamiento se concentran en vías rápidas

Más allá de que se haya publicado en el BOE, algo que no suele ser consultado habitualmente por la mayoría de las personas, desde la DGT también emitirán avisos de estas restricciones para los conductores de este tipo de vehículos en sus paneles informativos y a través de todos sus medios oficiales como puede ser su página web.

Como último apunte, volviendo al apartado D.3 también encontramos el siguiente texto: “Al respecto, podrá establecerse esta prohibición de adelantamiento en determinados tramos de carretera a vehículos de transporte, a otras carreteras y tramos diferentes a los indicados en el citado anexo V apartado 3.º, según lo requieran las condiciones de seguridad vial y fluidez de la circulación”. Por lo que quiere decir que esta medida se podría ampliar si las circunstancias lo pidieran.

La conclusión que debemos tomar de esta cuestión es que si de verdad la DGT quiere reducir las congestiones en nuestras carreteras sería totalmente contraproducente prohibir a los turismos u otro tipo de vehículos ligeros adelantar a aquellos que van más lentos en las carreteras pues no harían más que ralentizar todavía más la circulación.

 

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