Con la prohibición definitiva de vender vehículos nuevos con motor de combustión en Europa en 2035, antes de esa fecha entrará en vigor la nueva norma Euro 7, aún no definitiva y en proceso de definición y de tramitación por la Comisión Europea. Esta nueva norma anticontaminante Euro 7 es aún más restrictiva que la actual Euro 6d y, según la asociación de fabricantes europeos (ACEA) de automóviles será la puntilla definitiva para todos los vehículos impulsados con un motor de combustión, especialmente para aquellos automóviles con motor diésel.
Los planes previos de la Comisión Europea indicaban que los términos y especificaciones concretas de la norma Euro 7 se tendrían que haber aprobado la pasada primavera y ahora se vislumbra un nuevo retraso en su aprobación al menos hasta el próximo otoño. En un principio, la entrada en vigor de esta nueva norma se tendría que producir a partir del 31 de diciembre de 2025, aunque diversas fuentes apuntan a que hasta bien entrado el año 2026 no se hará realidad.
En el caso de los motores diésel, este tipo de propulsores lo tendrán realmente difícil para poder adaptarse a las nuevas restricciones que se plantean, ya que desde las instancias europeas oficiales indican una reducción en las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) de hasta el 50% respecto de la actual Euro 6d (40% en el caso de los motores de gasolina).
Por otro lado, otra disyuntiva que se plantea y que aún no está resuelta ni aprobada por la Comisión Europea es la de proponer una reducción de las emisiones contaminantes a las partículas emitidas a la atmósfera por el sistema de frenado de los vehículos y por el desgaste de sus neumáticos, una medida que afectaría a todo los automóviles sin excepción, incluidos todos aquellos que no cuenten con un motor de combustión.
Además del CO2, hay que recordar la normativa Euro7 establecerá límites en partículas, NOx, monóxido de carbono, metano, amoniaco y el óxido de nitrógeno. El control de las emisiones se realizará a lo largo de toda la vida útil del vehículo, fijado en 15 años y 240.000 kilómetros, monitorizándolo también de forma remota a través del OBD; es decir, a través del sistema de diagnosis integrado en el ordenador del vehículo, garantizando que se cumplan con los límites de emisiones en todo el momento.
A continuación, puedes consultar una tabla con las condiciones de la medición de emisiones en tráfico o uso real, tal y como plantea inicialmente la norma Euro 7.
Euro 6D | Euro 7 Escenario 1 | Euro 7 Escenario 2 | |
Parámetro | Condiciones marco actual |
Planificado marco futuro
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Horquilla de temperatura pruebas RDE | -7 a 35ºC | -10 a 40ºC | -10 a 40ºC |
Altitud |
0-1.200 metros |
De 1 000 a 3.000 m |
De 1 000 a 3.000 m |
De velocidad media a Nuevo concepto “Vehículo Global I” |
Velocidad máxima: 131 km/h – Velocidad media: 46,5 km/h |
Se establecen nuevas pruebas aceleración, velocidad máxima, conducción con remolque, cofre o portabicicletas |
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Nuevo concepto “Vehículo Global II |
- | Certificación de cumplimiento de emisiones a lo largo de la vida del vehículo:15 años y 240.000 km. | Control emisiones a tiempo real vía OBM en remoto durante la vida del vehículo: 15 años y 240.000 km. |
Duración del recorrido |
30 minutos y 16 km, 4 fases: baja velocidad, velocidad media, alta velocidad y muy alta velocidad. |
5 km. Nuevas velocidades por definir. Control más severo con motor frío |
|
Emisiones NOx |
80 mg/km (Diesel) / 60 mg/km (gasolina) |
30 | 10 |
Partículas sólidas |
6x10 (11) |
1x10 (11) | 6X10 (10) |
C0 |
500/1.000 mg/km |
300 | 100 |
CH4 |
Sin límite |
10 |
5 |
N2o |
Sin límite |
10 |
5 |
NH3 |
Sin límite |
5 |
2 |
Factor de conformidad (margen en que se pueden superar ciertas emisiones en condiciones reales de prueba) |
2,1 |
Por definir |
Sin factor |