El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha fijado nuevas condiciones de movilidad y ocupación de los vehículos durante las próximas semanas en las que se prorrogue el Estado de Alarma en el que vivimos desde que el Real Decreto 463/2020 así lo estableciese el pasado 14 de marzo.
El objetivo es el de “garantiza una movilidad segura" según se va evolucionando la situación relativa a la crisis del coronavirus y conforme al Plan de nueva normalidad. El Gobierno de España también sigue las indicaciones marcadas en la “Hoja de ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención del COVID-19", así como de los principios marcados por la OMS para “minimizar los riesgos en lugares con alto potencial de contagio".
📢📃El @boegob publica hoy una #OM de @mitmagob donde se fijan las condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre para garantizar una #movilidad segura conforme al Plan de nueva normalidad 👉https://t.co/tcqXMOl93L pic.twitter.com/0fMWz0V4gD
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 4, 2020
Desde el pasado lunes 4 de mayo, fecha oficial de inicio de la “Fase 0" de la desescalada, hay novedades relativas al uso de mascarilla y a la ocupación de cada tipo de transporte. Así es como debemos actuar los españoles para movernos en transporte privado o público.
Así te debes mover en vehículo privado
Tras las últimas novedades del BOE, ahora ya se permite que dos personas viajen en la misma fila de asientos, pero siempre utilizando mascarillas (incluido el conductor) y se respete la máxima distancia posible entre dichos ocupantes. Esto sucede en los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas.
En el caso de que el conductor viaje solo en el coche, no será obligatorio el uso de la mascarilla.
El Gobierno anunció que los vehículos privados podrían ir llenos, siempre que los ocupantes vivan en la misma casa, a partir de la fase 1 de la desescalada.
En vehículos que, por sus características técnicas (como cabinas de vehículos pesados, furgonetas…) solo se disponga de una fila de asientos, podrán viajar como máximo dos personas, usando mascarillas y guardando la máxima distancia posible.
En caso contrario a todo lo anterior, únicamente podrá viajar el conductor.
Así te debes mover en transporte público
Todos los usuarios de transporte en autobús (así como el ferrocarril, aéreo y marítimo) deberán usar obligatoriamente mascarilla que cubra nariz y boca. Lo mismo sucede en el transporte público de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, así como los trabajadores de los servicios de transporte “que tengan contacto directo con los viajeros". Estos últimos, además, deberían tener “acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente".
Al igual que en el transporte privado, en el transporte público de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas podrán viajar dos personas por cada fila de asientos adicional respecto de la del conductor. Todos ellos, recuerda, con mascarilla, y guardando la máxima distancia posible entre ellos.
En lo relativo a transporte en autobús, con los pasajeros sentados, serán las empresas las que adoptarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre viajeros, dejando siempre vacía la fila posterior al asiento del conductor.
Si los viajeros van de pie, “se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible", estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles y de dos viajeros por cada metro cuadrado de la zona habilitada para viajar de pie.