Cuándo es ya obligatorio llevar mascarilla en el coche y cuándo pueden multarte por conducir con ella

España entra desde este lunes en una nueva fase de desescalada por la crisis del coronavirus, en el que se modifica ya la norma para ir en coche y el uso de mascarillas.

Cuándo es ya obligatorio llevar mascarilla en el coche y cuándo pueden multarte por conducir con ella
Cuándo es ya obligatorio llevar mascarilla en el coche y cuándo pueden multarte por conducir con ella

Aunque el real decreto que rige el estado de alarma en España para evitar la propagación del coronavirus ya regulaba en cierta medida el uso de la mascarilla en el coche, desde este lunes 4 de mayo hay una importante modificación reflejada ya en el BOE con motivo de la entrada en vigor de la fase 0 de la desescalada.

De acuerdo con la normativa, hasta ahora en un vehículo podían viajar hasta una persona por cada fila de asientos, recomendable en posición cruzada y, para mantener las mismas normas de distanciamiento social que rigen en otros transportes, usando todos mascarilla. Pues bien, desde hoy el BOE recoge una nueva orden ministerial que permite que dos personas viajen por fila de asientos en los vehículos particulares, pero siempre con mascarilla y guardando la máxima distancia posible.

Cuándo es ya obligatorio llevar mascarilla en el coche y cuándo pueden multarte por conducir con ella

Las mascarillas, ya obligatorias si viajan varias personas en coche

Nueva regulación en los transportes

En concreto, la nueva Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte, no solo obliga ya al uso de mascarillas en el transporte público, sino que ahora también regula el vehículo privado. Bajo el epígrafe “Condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre", estos son los nuevos puntos regulados por la orden ministerial:

  • 1 “En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes".

  • 2 En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes".

  • 3 En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor".

Cuándo es ya obligatorio llevar mascarilla en el coche y cuándo pueden multarte por conducir con ella

Control de la Guardia Civil en carretera
  • 4 En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, las empresas adoptarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los viajeros, de tal manera que no podrán ser ocupados más de la mitad de los asientos disponibles respecto del máximo permitido. En todo caso, en los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor".

  • 5 En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie".

Cuándo pueden multarte por la mascarilla

Ahora bien, regulado el uso de mascarillas en el coche, que no sería nunca obligatorio cuando viaje solo una persona, como es el conductor, ¿podrían multarnos también por no usarla correctamente? En principio, aunque no creemos que ningún cuerpo de seguridad se dedique a ello, el** artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación sí recoge multas de hasta 80 euros con falta leve** si el agente considera que, por ejemplo con la mascarilla, se impide “libertad de movimientos en el conductor, el campo necesario de visión y se pierde la atención permanente a la conducción".

Para ello, el conductor debe llevar correctamente colocada la mascarilla, evitando, por ejemplo, que tape su campo de visión por ir demasiado alta. Otro problema habitual que pudiera ser motivo de multa es el empañamiento que sufren las personas con gafas debido al uso conjunto con la mascarilla. Por otra parte, las mascarillas caseras que no están reguladas y que son de enorme tamaño, también podrían dificultar la visión y ser motivo de sanción.

Foto: Cordon Press.

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