Quién puede y quién no puede circular en coche con el estado de alarma por coronavirus

Ante la entrada en vigor del Real Decreto que regula ya en España el estado de alarma por el riesgo de contagio del coronavirus, te contamos cuándo se puede circular en coche y cuándo no.

Foto: Cordon Press.
Foto: Cordon Press.

Ya está en vigor el Real Decreto que regula el nuevo estado de alarma con el que nos encontramos en España debido a la crisis del coronavirus. Publicado ya en el BOE, las nuevas normas ya son aplicables y, tal y como te contábamos incluso ayer, las primeras multas han comenzado a aplicarse para todo aquel que incumpla la obligación de confinamiento, salvo circunstancias especiales y estipuladas.

Según la legislación ya contemplada tanto en la Ley de Seguridad Ciudadana, como en el Código Penal y las leyes de Salud Pública y Protección Civil de 2011, las sanciones oscilan entre los 600 y los 1.500 euros en las infracciones leves, aunque pueden llegar a alcanzar incluso los 60.000 euros cuando se considere que se pone en riesgo grave la salud de la población y hay además delitos de desobediencia y resistencia a la autoridad.

Teniendo todo ello en cuenta, y ya en sobre aviso de lo que supone incumplir las normas, ¿en qué casos se puede y no se puede circular en coche? ¿Cuándo está permitido conducir? A continuación te enumeramos los únicos casos en los que sí se puede circular, según contempla el Real Decreto aprobado por el Gobierno.

  • Adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

  • Asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

  • Desplazarse al lugar de trabajo para efectuar una prestación laboral, profesional o empresarial.

  • Asistir al cuidado de mayores, menores, dependientes o personas con discapacidad y especialmente vulnerables.

  • Desplazarse a entidades financieras y de seguros.

  • Retornar al lugar de residencia habitual

  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

  • La circulación de vehículos particulares por las vías de uso público se permitirán para realizar las actividades antes referidas o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

¿Cuántas personas pueden circular en el vehículo?

Una duda que también tiene la mayor parte de la población es si los recorridos pueden o no hacerse en compañía o si, por el contrario, solo puede circular en estos casos una persona por coche.

Pues bien, aunque el Real Decreto estable que “habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada", la propia Guardia Civil ha explicado a través de sus redes sociales que si es para ir a trabajar exclusivamente, sí se puede circular con dos o más personas en el mismo vehículo.

Imágenes: MPIB y Cordon Press

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