Los únicos casos en los que los coches sin etiqueta de la DGT podrán en enero circular por ciudad

A partir de este próximo mes de enero entrarán en vigor las zonas ZBE en las grandes ciudades, unas áreas en las que sólo circularán los vehículos menos contaminantes. Ahora bien, existen una serie de casos y excepciones en los que los coches sin etiqueta de la DGT sí podrán circular por dichas áreas.

Los únicos casos en los que los coches sin etiqueta de la DGT podrán en enero circular por ciudad
Los únicos casos en los que los coches sin etiqueta de la DGT podrán en enero circular por ciudad

El 1 de enero de 2023 está a la vuelta de la esquina y esta fecha marca el inicio oficial de la entrada en vigor de las denominadas zonas ZBE (Zonas de Bajas Emisiones) en las grandes ciudades de más de 50.000 habitantes. Como ya te hemos venido contando en varias ocasiones en Autopista.es, la implantación de estas áreas está motivada por la propia Ley de Cambio Climático con la que se pretende mejorar la calidad del aire y reducir la contaminación en las grandes urbes.

Por el momento, todo hace indicar que serán los vehículos más contaminantes, es decir, los que no dispongan de etiqueta medioambiental de la DGT -aquellos modelos de gasolina matriculados antes del año 2001 y los diésel matriculados antes de 2006 (también se incluyen las motos anteriores al año 2003)- los que tendrán restringido el acceso a las áreas ZBE de los 149 municipios de más de 50.000 habitantes. Sin embargo, será cada Ayuntamiento el que tendrá la potestad de decidir qué vehículos podrán o no circular por dichas áreas. Debido al alto número de vehículos que podrían verse afectados y debido también, según algunos de los concejales y de los alcaldes de las ciudades que sí o sí tendrán que implantar estas áreas ZBE, en algunos casos se ha pedido una moratoria o un pequeño periodo de transición para informar debidamente a toda la población de lo que supondrán estas zonas tan especiales en las ciudades.

De todas las grandes ciudades españolas, el único gran núcleo urbano que sí ha venido implantando áreas de bajas emisiones ha sido Madrid, por lo que la capital española será a buen seguro gran parte del espejo en el que se fijarán muchas de las ciudades que también tendrán que implantar dichas áreas ZBE.

Sin embargo y de acuerdo a la legislación en materia de circulación y de restricciones vigente en Madrid, existen varios casos y excepciones en los que los coches sin etiqueta de la DGT sí que pueden circular por las zonas interiores de las áreas ZBE y del resto de lugares especiales de bajas emisiones.

De forma específica y sin tener en cuenta el tipo de etiqueta medioambiental de la DGT, estos son los vehículos a los que no les afectan las restricciones de circulación, según el modelo aplicado en la ciudad de Madrid.

  • En primer lugar, los vehículos que llevan habitualmente a personas con movilidad reducida y que dispongan de la correspondiente tarjeta para minusválidos.
  • En segundo lugar, todos aquellos vehículos del tipo motocicletas, scooter, furgonetas y camiones de mensajería y reparto.
  • En tercer lugar, los vehículos catalogados oficialmente como históricos.
  • Y en cuarto lugar, todos aquellos vehículos que tengan domiciliado el impuesto IVTM (el conocido como “numerito” del coche) antes del 1 de enero de 2022 y cuyo propietario también estuviese empadronado en la ciudad de Madrid.
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