Fue una de las grandes noticias del año en 2021: la reforma de la Ley de Seguridad Vial (o también conocida como Ley de Tráfico). Tras su ratificación y aprobación definitiva en las Cortes Generales, la nueva legislación se publicó de forma oficial en el BOE del 21 de diciembre de 2021, por lo que su entrada en vigor definitiva tendrá lugar tres meses después, es decir, a partir del 21 de marzo de 2022.
Muchas son las novedades relativas a las nuevas normas y multas por las los que los diferentes agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y de las policías locales te podrán multar a partir de ese Día D: el 21 de marzo. Repasamos todas las novedades a continuación.
NI TURISMOS NI MOTOCICLETAS PODRÁN SUPERAR EN 20 KM/H EL LÍMITE MÁXIMO PARA ADELANTAR EN CARRETERAS CONVENCIONALES
Dentro de las novedades de la nueva Ley de Tráfico, una de las más polémicas y criticadas ha sido la de la eliminación de superar en 20 km/h el límite de velocidad máximo en carreteras convencionales cuando los vehículos de tipo turismo y motocicletas están realizando un adelantamiento. Desde la DGT se argumenta que se pretende evitar los numerosos accidentes por impacto frontal que se suelen registrar en este tipo de vías convencionales, aunque desde la mayor parte de los colectivos de automovilistas se considera que la nueva normativa pone aún más en peligro a todos los usuarios de ese tipo de carreteras. Es, sin duda, una nueva norma que dará mucho que hablar a partir del 21 de marzo…
CERCO AL TELÉFONO MÓVIL: MÁS RESTRICCIONES Y HASTA SEIS PUNTOS MENOS EN EL CARNÉ
El uso del teléfono móvil es una de las distracciones más comunes en la conducción. Por este motivo, en la nueva normativa no sólo se castigará su uso, sino también, la posibilidad de que el conductor lo lleve en la mano (aunque en realidad no lo esté usando ni para llamar, ni para desbloquearlo ni para cualquier otro tipo de acción). En esos casos, si te pillan con el móvil en la mano te podrán multar con seis puntos menos en el carné de conducir y una sanción de 200 euros.
SILLITAS INFANTILES, CASCO Y CINTURÓN DE SEGURIDAD: MAYOR PÉRDIDA DE PUNTOS
Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico se castigará de forma más severa el no uso o utilización inadecuada del cinturón de seguridad, con una detracción de 4 puntos en el carné en lugar de los anteriores 3. El mismo castigo recibirán aquellos conductores que lleven a menores de 1,35 m de altura sin el sistema de retención infantil correspondiente, mientras que los motoristas que no usen el casco y el resto de elementos de protección obligatorios también perderán 4 puntos. En todos estos casos, la sanción económica se mantiene en los 200 euros.
TASA DE ALCOHOL DE 0,0 PARA ESTOS USUARIOS DE VEHÍCULOS
La nueva normativa de Tráfico indica una tasa de alcohol de 0gr/l en sangre o 0mg/l de aire espirado para los conductores menores de edad de cualquier tipo de vehículo, -ciclomotores, cuadriciclos, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal...-.
MAYOR PROTECCIÓN PARA CICLISTAS Y USUARIOS DE CICLOMOTORES EN LOS ADELANTAMIENTOS
La nueva normativa quiere proteger aún más a un determinado colectivo: los ciclistas y los usuarios de ciclomotores. De forma específica, cuando el resto de vehículos les adelanten en vías con más de un carril por sentido, deberán cambiar de carril. En el caso se produzca un adelantamiento peligroso poniendo en peligro a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, la sanción será mayor, con una resta de 6 puntos en lugar de los anteriores 4. Por otro lado, también se prohíbe parar o aparcar en un carril bici o en otro tipo de vías normalmente usadas por ciclistas (este tipo de vías están ya señalizadas).
SANCIÓN MÁS DURA PARA AQUELLOS QUE TIREN COLILLAS U OTRO TIPO DE OBJETOS POR LA VENTANILLA
Tirar objetos a la vía o a sus zonas aledañas que puedan provocar incendios o poner en peligro la seguridad vial se castigará de forma más severa, con 6 puntos (en lugar de los anteriores 4) y 200 euros de sanción económica.
NOVEDADES EN LA RECUPERACIÓN DE PUNTOS DEL CARNÉ
La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial incluye dos importantes novedades a la hora de recuperar los puntos perdidos del carné. En primer lugar, se unifica el periodo para recuperar los puntos del carné, 2 años sin cometer infracciones para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos, los 12 (con la Ley anterior, dicho tiempo variaba en función de la gravedad de la infracción). En segundo lugar, todos aquellos que realicen de forma voluntaria cualquier tipo de curso de conducción segura y eficiente se le premiará con dos puntos más en su saldo del carné de conducir (el máximo en todos los casos será de un total de 15 puntos).
ALCOHOLÍMETRO OBLIGATORIO PARA AUTOBUSES
Los vehículos de transporte de viajeros por carretera (autobuses y minibuses) deberán contar con un dispositivo que impida su arranque si el conductor tiene un grado de alcoholemia superior al permitido. A partir del 6 de julio de este año, los nuevos vehículos de este tipo que se matriculen deberán llevar dicho dispositivo (alcoholímetro) de forma obligatoria.
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NO RESPETAR LAS ZONAS DE BAJAS EMISIONES Y LAS NORMAS DE LOS PROTOCOLOS ANTICONTAMINACIÓN
La nueva Ley de Tráfico incluye una nueva infracción grave y unifica la sanción para todos aquellos conductores que entren de forma ilegal (porque su vehículo no disponga de distintivo medioambiental de la DGT) en una denominada zona de bajas emisiones (ZBE). En Madrid, por ejemplo, la sanción es de 90 euros y con la nueva Ley de Tráfico se unifica la multa para todo el territorio nacional, que se establecerá en 200 euros. Esta misma sanción se impondrá a todos aquellos conductores que incumplan las normas de circulación establecidas en los diferentes episodios de alta contaminación.
CERCO A LOS “TRAMPOSOS” EN LOS EXÁMENES DE CONDUCIR
En la nueva normativa, se vigilará más y castigará de forma más severa a todas aquellas personas que empleen cualquier tipo de método prohibido (que hagan trampas) en la obtención del carné de conducir o en cualquier otro tipo de test/prueba para la recuperación de puntos. Por ello, no se podrá utilizar ningún tipo de sistema de intercomunicación con el exterior (Ver Artículo Mascarillas con “truco” en los exámenes de conducir). En todos los casos, se establece una sanción económica de 500 euros y la privación de volver a presentarse a los exámenes durante un periodo inferior a seis meses.
DISPOSITIVOS DE COMUNICACIÓN Y NAVEGACIÓN PARA MOTORISTAS
Por último, otra de las nuevas normas de la Ley de Tráfico afecta a los motoristas, quienes a partir de marzo contarán con la autorización de poder utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en el casco con fines de comunicación o navegación, siempre que dichos dispositivo no interfiera de forma negativa en la seguridad de la conducción.