Sin Impuesto de Circulación para los conductores mayores: ¿infringe la legislación europea?

A partir del 1 de enero de 2026, los conductores italianos mayores de 70 años ya no tendrán que pagar el Impuesto de Circulación. ¿Puede aplicarse esta medida en toda la UE? A esta hora se debate incluso sobre una posible infracción de la legislación de europea.

Sin Impuesto de Circulación para los conductores mayores, infringe la legislación europea
Sin Impuesto de Circulación para los conductores mayores, infringe la legislación europea

Cuando en España todos los debates y rumores entorno a los conductores mayores surge a partir de nuevas restricciones en los carnets de conducir, en los plazos más cortos de renovación de las licencias y en las condiciones más duras y exigentes a nivel médico para que los más veteranos puedan seguir circulando sin comprometer la seguridad, en la Unión Europea surge con fuerza otro debate: ¿deben pagar el Impuesto de Circulación?

Todo conductor de más de 70 años está exento ya en Italia del Impuesto de Circulación

La discusión está llegando a Bruselas tras la nueva normativa aplicada en Italia. Allí, desde el 1 de enero de 2026, existe una exención por edad uniforme a nivel nacional. Y es que, toda persona que haya cumplido 70 años, ya está automáticamente exenta del pago del denominado Bollo auto, independientemente de su lugar de residencia en Italia. El Bollo auto es un impuesto de circulación anual que pagan todos los propietarios de vehículos en el país transalpino, basado en la potencia del motor (kilovatios) y en la categoría medioambiental (Euro 3, Euro 6, etc).

La exención fiscal entra en vigor en Italia además sin necesidad de solicitud. Basta con alcanzar la edad límite y no se requiere notificación ni formulario a la autoridad competente. El reglamento está reservado exclusivamente para los ciudadanos italianos, por lo que los extranjeros de la UE residentes en Italia no se beneficiarán. En la nueva normativa tampoco influyen ya límites de ingresos ni restricciones sobre vehículos específicos

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La medida ya está decidida y plenamente implementada, por lo que se aplica con seguridad jurídica desde inicios de este año 2026. Se trata por tanto de una reforma fiscal claramente regulada, integral y de eficacia inmediata, que modifica las condiciones del Bollo Auto, que en realidad es un impuesto regional sobre la propiedad, y sobre el que las propias regiones y provincias autónomas son las responsables de su recaudación.

El problema está surgiendo en las últimas horas entorno a que, precisamente, estas autoridades regionales son las que siempre han determinado el tipo impositivo, la fecha de vencimiento y las condiciones para la concesión de exenciones o reducciones. Las leyes nacionales pueden modificar estas regulaciones, pero no sustituyen la jurisdicción regional. Una exención general, a nivel nacional, relacionada con la edad debería estar consagrada de forma explícita e inequívoca en la legislación nacional y de momento parece que no hay ninguna disposición que obligue a todas las regiones a eximir automáticamente del impuesto a las personas mayores de 70 años. Dicha norma uniforme no se estipula explícitamente en ellas.

¿Por qué surge el debate jurídico de la UE?

Ante esta realidad, la polémica sigue creciendo con nuevos debates sobre una posible infracción también del Derecho de la UE. Esta creencia se basa en el supuesto de que la exención fiscal se concede exclusivamente a los ciudadanos italianos y una diferenciación basada únicamente en la nacionalidad es problemática según el Derecho de la UE, ya que la prohibición de discriminación se aplica dentro de la comunidad europea.

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La cuestión crucial, sin embargo, es si dicha restricción basada en la nacionalidad está realmente contenida en una norma nacional vinculante. Una normativa nacional que la limite explícitamente a los ciudadanos italianos aún no se ha establecido claramente en las fuentes jurídicas nacionales pertinentes. Sin dicha norma, la evaluación conforme al Derecho de la UE sigue siendo hipotética.

 

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