¿Se permite ya viajar en coche y moto sin mascarilla? Cuándo es obligatoria y cuándo no

Una nueva orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana introduce cambios en el uso de mascarillas en coches y motos. Cuando las personas que viajen convivan juntas, ya no son obligatorias.

¿Se permite ya viajar en coche y moto sin mascarilla? Cuándo es obligatoria y cuándo no
¿Se permite ya viajar en coche y moto sin mascarilla? Cuándo es obligatoria y cuándo no

El estreno de una nueva semana del estado de alarma ha traído importantes novedades en materia de movilidad. Si el paso de muchas provincias a la fase 1 de la desescalada ha eliminado bastantes restricciones de circulación, también la ocupación de los coches y el uso de mascarillas se han modificado, y aquí ya independientemente de quien pase o no a la siguiente etapa. Los cambios son para todos.

Esta mañana ya te hemos contado cómo queda ya la ocupación de los coches en toda España, pudiendo viajar hasta 9 personas juntas en vehículos con estas plazas, siempre y cuando convivan juntas. Pero ahora, nos centramos en el uso de las mascarillas, con novedades también tanto para coches como para motos.

Cuándo no es obligatoria la mascarilla

Si hasta ahora la actual orden TMA/384/2020 del 3 de mayo obligaba a usar mascarillas en el coche, cuando viajaban varias personas (además obligatoriamente 2 por filas como máximo), con la nueva modificación ministerial ya no será necesaria la mascarilla siempre y cuando en el vehículo viajen personas que convivan juntas. En este caso, podrán hacerlo sin usar el elemento de protección, lo mismo que cuando solo viaje una persona, el conductor.

¿Se permite ya viajar en coche y moto sin mascarilla? Cuándo es obligatoria y cuándo no

Si solo viaja el conductor, la mascarilla no es obligatoria

Algo similar sucede ahora en las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general. Cuando tengan dos plazas homologadas, ya podrán viajar dos personas. Pero, ¿cómo? Pues la nueva orden establece que “siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio". Es decir, en este último caso tampoco será necesario su uso. En las motos de uso compartido, también se regula como obligatorio el uso de guantes.

Cuándo sí es obligatoria la mascarilla

Por su parte, el uso de mascarillas sigue siendo obligatorio en todos aquellos vehículos de hasta 9 plazas, cuando no todas las personas que viajan convivan en el mismo domicilio. En estas situaciones, como hasta ahora, los pasajeros deberán obligatoriamente utilizar esta protección y viajar como máximo dos personas por fila de asiento, respetando además la máxima distancia posible entre los ocupantes.

Por su parte, si el vehículo cuenta con una sola fila de asientos (como furgonetas y transporte pesado), la orden también recoge como obligatorio el uso de mascarillas si viajan dos personas. En caso contrario, “únicamente podrá viajar el conductor".

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