Es una acción muy desagradable y, desgraciadamente, también habitual. Dejar el coche en la calle, aparcado o estacionado y observar cómo tiene alguna rayadura, en las puertas, en el capó o en cualquier otro elemento de la carrocería. Y también es página habitual de los sucesos de las páginas de noticias.
De hecho, hoy mismo hemos conocido la noticia de que la Policía de Valladolid identificaba y detenía a una persona después de dañar hasta 20 vehículos en la calle. El individuo además lo hacía utilizando una navaja y un tornillo. Ante esta última actualidad, hemos querido preguntarnos e investigar: ¿tiene sanción rayar un coche? ¿Tenemos derecho a indemnización si se identifica al delincuente?
Consultando nuestro histórico de noticias, recuperamos una información de 2016 donde os contábamos que una vecina de Málaga había sido obligada a pagar hasta 761 euros de multa a tres vecinos por rayar sus coches en un garaje, tras valorar los desperfectos, además de tener que hacer frente a una sanción de 200 euros por falta continuada de daños. ¿Siempre es así y tenemos por tanto derecho a indemnización si rayan nuestro coche? Lo investigamos…
Sí, rayar un coche puede ser delito si el daño excede los 400 €
Y la primera respuesta es simple y contundente: puede considerarse delito rayar un coche… aunque no en todos los casos. Nos explicamos. El artículo 263 del Código Penal, en su punto 1, establece que “el que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con multa de 6 a 24 meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño”.

Eso sí, este mismo apartado establece también que “si la cuantía del daño causado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de 1 a 3 meses”. Es decir, para entendernos: cuando rayar un coche implica daños de más de 400 euros, la acción se consideraría delito, igual que si te lo abollan o te producen cualquier otro daño. Sin embargo, si los daños están por debajo de esta cifra, hablaríamos ya directamente de falta y no de delito.
Multas si es intencionado y dificultades para saber quién ha sido
Ante esta realidad, hay que añadir obviamente un segundo factor: si es intencionado o no. Rayar un coche premeditadamente, como en el caso de la vecina que quería fastidiar al resto del vecindario o el individuo de Valladolid con su navaja, es constitutivo claramente de delito si los daños exceden los 400 euros, y sancionable también siendo falta, pero rara vez solemos tener pruebas de quién ha sido y habría que demostrarlo. En el caso de un accidente, el conflicto puede solucionarse simplemente rellenando un parte amistoso y enviándolo a la compañía de seguros si hay cobertura de daños propios contemplada.
Pero volvamos al caso intencionado. ¿Cómo demostrar quién ha sido? Es difícil, y salvo que lo haya visto algún testigo o aparezca una grabación, suele ser una tarea muy complicada. Los expertos abogados aconsejan que, al menos para disuadir de cara a futuro si hay sospechas de que un vecino raya coches, lo mejor es pedir a la comunidad de vecinos que se instalen cámaras de seguridad en el garaje o alrededores comunitarios con el objetivo precisamente de disuadir y que al menos no vuelva a ocurrir. Otra opción, que no requiere permiso de la comunidad, es instalar una cámara de grabación en tu propio coche, de las que no son visibles y se activan solo al detectar su sensor de movimiento que alguien se acerca al perímetro del coche.

Las multas pueden ir de 360 € mínimo a más de 1.400 €
Pero seamos positivos y consideremos que se puede identificar al infractor. ¿Qué multa se le puede aplicar y qué indemnización recibiría? La ley establece así que el condenado deba hacerse en estos casos cargo de la reparación del coche y abonar, además, una multa. Esa suele siempre imponerse de acuerdo a los daños y a la renta de la víctima: cuanto menor sea esta última, mayor sanción.
El tipo de multa por desperfecto o daño, como rayar un coche, suele imponerse según explican los abogados de acuerdo a un sistema de días-multa, donde primero se suele acordar un período de tiempo y después la cuantía a pagar por cada día.
Este sistema de sanciones además suele otorgar un incremento mínimo de 2 euros por día, por lo que si la condena es de 6 meses (el mínimo estipulado si los daños son delitos y exceden los 400 euros, con el máximo de 24 meses) el infractor deberá pagar 360 euros. Por el contrario, la máxima pena conllevaría una sanción mínima de 1.440 euros. Casi nada.