¿Puede realmente multarte o no la DGT si tu coche está aparcado en la calle sin la ITV en vigor? Esta es una de las preguntas más habituales que se suelen realizar algunos conductores, sobre todo si durante unos días se ven obligados a estacionar su vehículo en la calle mientras que buscan un hueco en su agenda para ir a pasar la ITV, ya sea porque dicha inspección esté caducada o porque esté en situación desfavorable, momento en el que el propietario de un vehículo tiene permiso para circular con su automóvil para llevarlo a un taller de reparación y, posteriormente, para volver a acudir a una estación de ITV (sólo en esos dos casos se puede circular con la ITV desfavorable; con la ITV negativa, nunca; será una grúa el medio por el cual trasladar tu coche al taller).
Pues bien, volviendo a la pregunta de si te pueden multar si tu coche sin ITV está aparcado en la calle, recurrimos a las últimas sentencias judiciales.
Una de las sentencias más recientes es la emitida por un juzgado de Pamplona. En esta nueva resolución judicial se ha vuelto a anular una multa al dueño de un vehículo que no tenía la ITV en vigor y que, cuando fue multado, estaba aparcado en la calle.
No es la primera vez que una sentencia falla a favor del conductor para anular dicha multa, ya que la misma situación de sanción anulada es la que le ocurrió a un conductor madrileño, según la información transmitida recientemente por Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
Según la legislación española al respecto, las multas relacionadas con la ITV sólo son aplicables si en el momento en el que estaba circulando el vehículo éste estaba en situación irregular en la inspección técnica (porque está caducada o porque era desfavorable o negativa). Por tanto, para que la DGT pueda multar a un conductor por dicha situación irregular de la ITV, el vehículo debe estar en movimiento o circulando, sin existir, por tanto, una base legal que justifique la imposición de una multa al propietario de un automóvil aparcado en la calle sin la inspección en vigor.
En definitiva: no te pueden multar por tener tu coche aparcado sin la ITV en vigor. Ahora bien, si dicho automóvil va a estar parado mucho tiempo, lo más recomendable para que evites otra serie de problemas es proceder a darlo de baja de forma temporal, algo que puedes hacer a través de la propia información disponible en la web de la DGT o acudiendo presencialmente a alguna de las diferentes Jefaturas Provinciales de Tráfico.