Con el fin de resolver las dudas ocasionadas a lo largo de la última semana y clarificar cualquier tipo de información errónea que se haya publicado al respecto, la Asociación de ITV en España, AECA-ITV, quiere aclarar que a la hora de pasar la Inspección Técnica el automovilista solo va a tener que presentar en 2022 la documentación requerida hasta el momento. La idea es seguir en la línea de que el conductor cuente con el mayor número de facilidades posibles a la hora de realizar la ITV para agilizar el proceso y que resulte cómodo para él.
ITV. ¿Cuál es la documentación que se pide para pasarla?
Así, el próximo año y como viene ocurriendo hasta ahora, la documentación que se debe presentar para realizar la ITV se limita a:
- El original de la Tarjeta de Inspección Técnica, es decir, el documento que contiene los datos básicos a nivel técnico del vehículo
- El permiso de circulación del vehículo, en caso de tenerlo, por ser el documento que verifica que el vehículo está en perfecto estado de funcionamiento y se ajusta en sus características, equipos, repuestos y accesorios a las prescripciones técnicas que se fijen reglamentariamente.
- Si no podemos presentar el permiso de circulación por cualquier motivo, las estaciones de inspección técnica realizarán la consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico para su comprobación. En todo caso, también se admitirá una fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación o una nota simple de antecedentes previamente emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico.
Con todo ello, la única documentación que resultaría cien por cien necesaria de presentar de forma física a la hora de pasar la inspección técnica sería la propia tarjeta de la ITV, ya que la estación puede cotejar el permiso de circulación en el Registro de la DGT, en caso de necesitarlo. Requisitos que no han cambiado ni cambiarán en las próximas semanas, según aclara la asociación de las ITV.
Pasar la ITV: Recuerda, el vehículo debe estar asegurado
AECA-ITV nos recuerda que no es necesaria la presentación del justificante acreditativo del seguro obligatorio de responsabilidad civil del vehículo para poder realizar la inspección técnica, ya que la estación comprobará que el vehículo dispone de dicho seguro a través del Registro de la DGT. Sin embargo, en caso de que el vehículo no esté asegurado, la estación de ITV no podrá realizarle la inspección técnica.