Nuevas cámaras de la DGT multan ya de forma ilegal: así puedes anular las sanciones de 200 €

Las nuevas cámaras de línea continua que ha estrenado la DGT son ilegales. Así lo confirma ya Dvuelta, que ha conseguido ganar hasta 392 recursos contra las multas de 200 euros impuestas por estos dispositivos ubicados en Madrid. Las denuncias se dirigen hacia la ausencia de fotografías que demuestren las infracciones.

Nuevas cámaras de la DGT multan ya de forma ilegal, así puedes anular las sanciones de 200 €
Nuevas cámaras de la DGT multan ya de forma ilegal, así puedes anular las sanciones de 200 €

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La DGT se enfrenta a un nuevo conflicto en nuestras carreteras. Esta vez, las miradas se dirigen hacia el funcionamiento de uno de sus sistemas estrella de vigilancia del tráfico, que ha estrenado en los últimos meses: los radares de línea continua. Las cuatro cámaras instaladas en los accesos a Madrid están en el punto de mira después de que la asociación de ayuda al automovilista Dvuelta haya confirmado que ha conseguido el archivo de 392 recursos contra estas sanciones en vía administrativa.

Según el comunicado difundido por la compañía, en todos esos expedientes la Administración ha acordado archivar el procedimiento al considerar que la operativa empleada no se ajustaba a lo establecido en la legislación. El asunto afecta a las nuevas multas de 200 euros impuestas en estas zonas vigiladas por no respetar las marcas longitudinales continuas, una infracción que la DGT detecta mediante cámaras de reconocimiento de matrículas.

La cuestión de fondo es cómo se acredita la infracción. Dvuelta sostiene en todos sus recursos ya ganados que estos dispositivos identifican un posible cambio de posición del vehículo mediante dos lecturas de matrícula, pero no aportan una fotografía que muestre el momento exacto en el que el automóvil pisa la línea continua.

Infografía de la DGT con sus nuevas cámaras que controlan las líneas continuas
Infografía de la DGT con sus nuevas cámaras que controlan las líneas continuas.

Las denuncias, por tanto, se cuestionan por las pruebas que las respaldan y por las garantías que, según el despacho jurídico de la asociación, deberían cumplirse para poder imponerse de manera legal.

Las cuatro cámaras de la DGT señaladas por Dvuelta

Los dispositivos objeto de los recursos ganados ya por Dvuelta están instalados en cuatro puntos de las principales autovías de entrada a Madrid, todos ellos en sentido hacia la capital. Estos son los emplazamientos que identifica el comunicado:

  • A-1, punto kilométrico 15,9, en Alcobendas.

  • A-2, punto kilométrico 11,8, en Barajas.

  • A-6, punto kilométrico 20,2, en Las Rozas.

  • A-42, punto kilométrico 16,9, en Getafe.

El sistema funciona mediante dos cámaras situadas al principio y al final del tramo protegido por la línea continua. Ambas leen las matrículas de los vehículos y, cuando el sistema detecta que un mismo automóvil aparece en posiciones diferentes, interpreta que podría haber atravesado la línea que delimita el carril.

La denuncia que recibe el conductor en su domicilio recoge el siguiente motivo: «No respetar una marca longitudinal continua, sin causa justificada. Infracción captada por cámara de control».

La sanción asciende a 200 euros y se fundamenta, según la notificación descrita por Dvuelta, en el artículo 53.1 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y en el artículo 167 del Reglamento General de Circulación. El problema que denuncia la empresa es que las dos lecturas de matrícula no permiten ver directamente la maniobra. Por sí solas, argumenta, no acreditan dónde, cuándo ni por qué se produjo el supuesto cruce de la línea continua.

¿Por qué se pueden recurrir estas multas?

Dvuelta basa sus impugnaciones en dos cuestiones principales: la ausencia de una prueba fotográfica que muestre la infracción y la falta de identificación de las cámaras en los expedientes examinados.

1. No hay una fotografía que muestre al vehículo pisando la línea continua

Según Dvuelta, las denuncias analizadas no incluyen una imagen en la que se observe el momento en que el vehículo invade o pisa la marca longitudinal continua. Su argumento es que las capturas de matrícula tomadas en dos puntos distintos no demuestran por sí mismas que se haya cometido la infracción. Tampoco permiten determinar si existía alguna circunstancia que justificara la maniobra.

Los abogados de la asociación consideran que, cuando se dispone de medios técnicos capaces de documentar directamente el supuesto incumplimiento, la Administración debe aportar pruebas suficientes para respaldar la denuncia.

2. La identificación de las cámaras y la protección de datos

El segundo argumento se refiere a la señalización de los dispositivos de videovigilancia. Dvuelta asegura que en los expedientes examinados no consta la placa identificativa de las cámaras y cita el artículo 22.4 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

La compañía sostiene que los ciudadanos deben ser informados de la instalación de cámaras de videovigilancia y que las zonas vigiladas tienen que estar señalizadas mediante carteles que adviertan de su presencia. De acuerdo con el comunicado, la ausencia de esa identificación constituye otra irregularidad en el procedimiento sancionador.

Todo sobre los radares de línea continua: cómo funcionan y que hay que revisar para anular su multa
Dvuelta aconseja recurrir cualquier denuncia de las nuevas cámaras de líneas continuas por presentar varias irrergularidades.

Qué hacer si has recibido una multa de 200 € por pisar una línea continua

Si te ha llegado una denuncia de alguna de estas cámaras por una supuesta infracción detectada por no respetar las líneas continuas, lo más prudente es revisar el expediente y puedes acudir al servicio jurídico de Dvuelta para recurrir la sanción.

Estos son los aspectos que conviene comprobar:

  • El punto kilométrico de la denuncia. Comprueba si la sanción corresponde a alguno de los cuatro emplazamientos identificados por Dvuelta en las autovías A-1, A-2, A-6 o A-42.

  • Las fotografías y las pruebas. Solicita acceso al expediente completo y comprueba qué imágenes aporta la Administración para acreditar la maniobra, si es que las aporta. En particular, interesa verificar si existe una prueba que permita identificar el supuesto cruce de la línea continua.

  • La identificación y la señalización del dispositivo. Revisa si la documentación incluye la información correspondiente a la cámara y qué señalización existía en el tramo.

  • El plazo para recurrir. Comprueba la fecha de notificación y las instrucciones que figuran en la denuncia. No dejes pasar los plazos aplicables mientras reúnes la documentación.

Dvuelta recomienda expresamente revisar el expediente, solicitar la prueba fotográfica y comprobar la identificación y la señalización de la cámara. La empresa asegura que los 392 archivos obtenidos hasta ahora se han conseguido en vía administrativa, sin necesidad de acudir a los tribunales.

La asociación de ayuda al automovilista recomienda por ello recurrir siempre que se constaten estas irregularidades, y concluye valorando estas nuevas cámaras de línea continua de la DGT como "un ejemplo más de una política de seguridad vial reducida a la sanción automática del conductor: más dispositivos y más denuncias, pero sin cuidar que cada multa esté respaldada por una prueba sólida, como, por otra parte, exige la Ley. La DGT conoce los defectos y, aun así, sigue emitiendo notificaciones de denuncia en los mismos puntos kilométricos".

 

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