La nueva multa de 6.000 € para estos conductores por esta acción muy común

Los conductores de vehículos de mercancías de más de 7,5 toneladas de MMA podrán recibir una multa de hasta 6.000 € por una acción que hasta ahora era muy común.

La nueva multa de 6.000 € para estos conductores por esta acción muy común
La nueva multa de 6.000 € para estos conductores por esta acción muy común

El sector del transporte por carretera ha sido protagonista de la actualidad informativa durante los últimos meses y semanas. Este sector profesional viene reclamando diversas medidas y modificaciones que garanticen sus derechos y, en muchos casos, sus condiciones de seguridad en el día a día de su actividad. Hace unas semanas, tuvo lugar una intensa huelga de este sector como medida de protesta frente a los altos precios de los combustibles y, anteriormente, en diversas ocasiones, reclamaron tanto a las asociaciones profesionales como al propio Gobierno diversas mejoras en sus condiciones laborales.

Una de las peticiones históricas que siempre ha venido reclamando el sector del transporte por carretera, en este caso, los camioneros, se refiere a la acción de carga y descarga de su camión, una actividad que se debía regular y vigilar de cerca. Los camioneros siempre han reclamado que dichas tareas de carga y de descarga les restaba tiempo de descanso, lo que supone un claro peligro para su propia seguridad y para la del resto de usuarios de la carretera.

Pues bien, a partir del 3 de septiembre de 2022, entrará en vigor de forma definitiva el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, que incluye multitud de modificaciones relativas al sector del transporte de mercancías por carreteras. Una de esas medidas concretas y reguladas de forma definitiva por esta normativa se centra de forma específica en las tareas de carga y descarga del camión, ya que por ley, todos los conductores de vehículos de mercancías de más de 7,5 toneladas de MMA (Masa Máxima Autorizada) tendrán prohibido participar en dichas operaciones de carga y de descarga.

Sin embargo, hay diversos casos y situaciones que por la propia naturaleza de la carga transportada sí que exige la participación del conductor del vehículo en cuestión. De forma específica, la Disposición adicional decimotercera del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, lo explica del siguiente modo:

“Los conductores de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de masa máxima autorizada no podrán participar en las operaciones de carga o descarga de las mercancías ni de sus soportes, envases, contenedores o jaulas, salvo en los siguientes supuestos:

  • Transporte de mudanzas y guardamuebles.
  • Transporte en vehículos cisterna.
  • Transporte de áridos o el efectuado en vehículos basculantes o provistos de grúa u otros dispositivos inherentes al vehículo destinados a realizar las operaciones de carga y descarga.
  • Transporte en portavehículos y grúas de auxilio en carretera.
  • Transporte de carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta según lo que se determine reglamentariamente, servicios de paquetería y cualesquiera otros similares que impliquen la recogida o reparto de envíos de mercancías consistentes en un reducido número de bultos que puedan ser fácilmente manipulados por una persona.
  • A efectos de esta letra, se entenderá por transporte de carga fraccionada aquél en el que resulten necesarias operaciones previas de manipulación, grupaje, clasificación, u otras similares.
  • Transporte de animales vivos, en los puestos de control aprobados de conformidad con la normativa comunitaria, sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en la normativa sobre la protección de los animales durante su transporte.

LA MULTA CONTEMPLADA SI LOS CONDUCTORES DE ESTOS VEHICULOS INCUMPLEN CON LA NUEVA NORMATIVA

Todos aquellos conductores de vehículos incluidos en esta normativa que la incumplan cometerán una infracción grave, que será sancionada con multas económicas de entre 4.001 y 6.000 euros. En ningún caso será el camionero el que haga frente a dicha multa, sino la empresa transportista y todos aquellos intermediarios que participen en la cadena de contratación del transporte.

Garmin lanza el primer reloj inteligente GPS para los camioneros, todo sobre el nuevo smartwatch

Relacionado

Garmin lanza el primer reloj inteligente GPS para los camioneros: todo sobre el nuevo smartwatch

Las consecuencias dramáticas de la huelga del transporte por carretera

Relacionado

Las dramáticas consecuencias que empieza a dejar el paro de los transportistas: cómo nos afecta