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¿A qué velocidad multan los radares? ¿Cómo se pueden recurrir las sanciones? ¿Cómo saber si tengo una sanción pendiente de pago? ¿Y cuánto tiempo tengo para abonar la denuncia? Estas, y otras 16 dudas habituales de los conductores entorno a multas y radares de velocidad, las resolvemos hoy. Toma asiento y nota para no encontrarte a partir de ahora con ninguna sorpresa con tu coche. Al menos, en cuanto a denuncias de tráfico
¿Cómo puedo saber si me ha pillado un radar?
No existe un sistema oficial que confirme inmediatamente si un radar te ha fotografiado. La forma de saberlo con certeza es recibir la correspondiente notificación de la denuncia. Si estás dado de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV), también puedes recibirla por vía electrónica.
¿Cuánto tarda en llegar una multa de radar?
No existe un plazo fijo de días para todas las multas de radar. La denuncia puede notificarse posteriormente a la infracción, por lo que no recibir una multa a los pocos días de pasar por un radar no significa necesariamente que no te hayan denunciado. Eso sí, de media según las estadísticas españolas, una multa de radar tarda en llegar entre 1 y 3 semanas a tu domicilio o correo electrónico. Las más lentas suelen ser las impuestas por policía local o municipios pequeños, donde los plazos se pueden alargar fácilmente de 3 a 6 semanas.
¿Si veo un flash del radar significa que me han multado?
No necesariamente. Ver un destello puede indicar que se ha realizado una captura, pero por sí solo no permite confirmar que exista una denuncia. La confirmación llega mediante la notificación oficial de la sanción. Y si no ves ningún flash, tampoco significa que el radar no te haya pillado. No todos los sistemas de control funcionan de la misma manera y no siempre el conductor percibe un destello. Por tanto, no ver un flash no permite descartar que se haya registrado una infracción.
¿Puedo consultar si tengo una multa de radar pendiente?
Sí. La DGT dispone de servicios para consultar determinadas sanciones y notificaciones, además de la Dirección Electrónica Vial para quienes utilizan este sistema. También existe la posibilidad de que una sanción que no haya podido notificarse por los medios habituales termine publicándose mediante los mecanismos legales previstos.
¿Puedo saber si me ha pillado un radar de tramo?
No inmediatamente. En un radar de tramo se calcula la velocidad media entre dos puntos, por lo que la posible infracción depende del recorrido completo. La existencia de una cámara al principio o al final del tramo no permite saber por sí sola si se ha producido una denuncia.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar una multa de radar?
Con carácter general, una vez notificada la denuncia, existen 20 días naturales para pagar voluntariamente con una reducción del 50% o presentar alegaciones, en los términos establecidos por la Ley de Tráfico.
¿La multa empieza a contar desde el día que me pilla el radar?
No. El plazo de 20 días para pagar con reducción o presentar alegaciones comienza a contar, con carácter general, desde la notificación de la denuncia, no desde el momento en que el radar detectó la infracción.
¿Me pueden multar por velocidad sin que me pare la Guardia Civil?
Sí. Los radares pueden detectar determinadas infracciones sin que sea necesario detener el vehículo. En esos casos, la denuncia se tramita posteriormente y se notifica al responsable conforme al procedimiento establecido.
¿Cuál es el margen de error de un radar?
Los cinemómetros están sometidos a requisitos metrológicos y verificaciones. Además, no debe confundirse el margen de error del dispositivo con los criterios o umbrales utilizados para determinar cuándo se formula una denuncia. Por eso no es correcto considerar que existe un número de kilómetros por hora que se pueda superar legalmente sin riesgo de multa.
¿Existe una tolerancia de 7 km/h en los radares?
La conocida como “regla del 7” hace referencia a determinados criterios de tolerancia aplicados a los radares de la DGT, pero no significa que se pueda circular legalmente siete kilómetros por hora por encima del límite. El límite de velocidad sigue siendo el indicado en la vía.
¿Puede llegar una multa de radar por correo electrónico?
La DGT advierte de que sus multas no se notifican mediante un simple correo electrónico. Las notificaciones de sanciones se realizan por los canales oficiales establecidos, entre ellos el correo postal y la Dirección Electrónica Vial cuando corresponde. Hay que extremar la precaución con los emails o SMS que incluyen enlaces para pagar una supuesta multa.
¿Qué pasa si no recibo la multa en casa?
Si una notificación no puede practicarse por los medios ordinarios, la normativa contempla otros mecanismos de notificación, incluida la publicación mediante los sistemas edictales correspondientes. Por ello, no recibir una carta en casa no significa necesariamente que la sanción haya quedado sin efecto.
¿Puedo recurrir una multa de radar?
Sí. Una vez recibida la denuncia, el interesado puede presentar alegaciones dentro del plazo establecido. Como alternativa, cuando se opta por el procedimiento de pago voluntario con una reducción del 50%, se aplican las condiciones previstas legalmente, entre ellas la renuncia a formular alegaciones en ese procedimiento.
¿Puedo saber dónde está cada radar de la DGT?
La DGT publica en esta página web la información sobre sus equipos y determinados tramos de vigilancia. Sin embargo, la existencia de información pública sobre los radares no significa que todos los controles de velocidad, especialmente los móviles, tengan una ubicación fija o permanente.
¿A qué velocidad salta un radar de 50 km/h?
Un radar no tiene una velocidad universal a la que “salte” cuando el límite es de 50 km/h. El límite legal es 50 km/h, y la detección y posterior denuncia dependen del cinemómetro, sus requisitos metrológicos y los criterios aplicables. No debe interpretarse el margen de medición como kilómetros que puedan superarse legalmente.
¿A qué velocidad te multa un radar de 90 km/h?
Si el límite de la vía es de 90 km/h, esa es la velocidad máxima permitida. La posible denuncia dependerá de la velocidad medida y de los criterios metrológicos y sancionadores aplicables al dispositivo. Por tanto, no existe una cifra adicional que pueda considerarse “permitida” por encima de los 90 km/h.
¿A qué velocidad salta un radar de 120 km/h?
En una vía limitada a 120 km/h, el límite legal continúa siendo 120 km/h. La velocidad a partir de la cual un cinemómetro puede dar lugar a una denuncia no debe confundirse con una supuesta velocidad máxima de circulación superior al límite.
¿Cómo saber si una multa de radar es real?
La forma más segura es comprobarla a través de los canales oficiales de la Administración que figura como organismo sancionador. En el caso de la DGT, las sanciones se notifican por los canales establecidos, como el correo postal o la Dirección Electrónica Vial. Hay que desconfiar especialmente de mensajes que soliciten el pago inmediato mediante un enlace recibido por SMS o correo electrónico.
¿Puede multarme un radar si voy justo a la velocidad límite?
Circular exactamente a la velocidad máxima permitida no constituye, por sí mismo, un exceso de velocidad. No obstante, la velocidad que muestra el velocímetro del vehículo y la velocidad que mide un cinemómetro no tienen por qué ser idénticas. En cualquier caso, los dispositivos utilizados para sancionar deben cumplir los requisitos metrológicos establecidos.
¿Qué pasa si el radar me fotografía pero no me llega la multa?
Si una denuncia no puede notificarse por los medios ordinarios, la legislación establece otros mecanismos para practicar la notificación. Por ello, no recibir inicialmente la carta no significa que la sanción haya quedado anulada. También es importante mantener actualizados los datos del titular del vehículo y comprobar la Dirección Electrónica Vial cuando corresponda.









