Multas de 100 € por estar con el coche parado: la infracción que la mayoría de conductores desconoce

Aunque no tenemos constancia de que se hayan disparado las multas por estacionar sin parar el motor, la posibilidad existe ya que está regulada en diferentes normativas de circulación.

Si dejas el coche parado de esta manera te enfrentas a una multa de 100 euros y muchos no lo saben
Si dejas el coche parado de esta manera te enfrentas a una multa de 100 euros y muchos no lo saben

Dentro de la lucha con el cambio climático que se libra desde hace años, bajar la contaminación en las ciudades ha sido una de las acciones que más nos ha afectado. La medida estrella ha sido la implantación de las Zonas de Bajas Emisiones, promovida por la Unión Europea, y que debería estar ya implantada en al menos 150 localidades, pero como todos sabemos algunos ayuntamientos todavía lo están retrasando.

Con dicha normativa se ha querido disminuir los gases contaminantes concentrados en las grandes urbes, retirando de la circulación bajo la normativa a los coches que no tenían la etiqueta de la DGT, por producir más emisiones nocivas, aunque en algunos casos también se extienden las limitaciones a los B o los C, según municipios. Ahora bien, como ahora te contaré, no sería la única medida tomada al respecto.  

Nueva Zona de Bajas Emisiones de Valladolid
Ejemplo de Zona de Bajas Emisiones en Valladolid

¿Te multan si dejas el coche parado con el motor encendido?

Seguramente esta situación no te sea extraña o incluso seas un conductor que lo realiza habitualmente. Muchas personas cuando van a recoger a otras, como pueden ser los niños al cole, dejan el motor encendido con el coche parado para que siga funcionando la calefacción o ahora, en esta época de gran calor, con el aire acondicionado para no derretirse dentro del habitáculo.

Pues, aunque estés estacionado correctamente te pueden multar por esta acción. En concreto la reglamentación al respecto la encontramos en el Artículo 10 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en la que se indica literalmente que “el usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente”.

Coche parado mucho tiempo
Al parar el coche deberemos apagar el motor para que no nos multen

Esa última palabra es la gran clave para que un agente te pueda llegar a multar, aunque desde asociaciones como Automovilistas Europeos Asociados (AEA) llevan reivindicando desde hace tiempo que la ley debería concretarse todavía más, ya que según su criterio “la infracción que se comente y la sanción que hay que aplicar” no es clara y da lugar a la interpretación de un agente.

Ahí estaríamos hablando del nivel nacional, pero ya en los propios ayuntamientos tenemos ejemplos concretos de medidas que abogan por el mismo objetivo que la anterior. Por ejemplo en Madrid, en concreto en su Ordenanza de Movilidad Sostenible en el artículo 46 se indica la obligación de parar el motor desde el inicio del estacionamiento, incluso cuando el conductor permanezca en el interior del vehículo. Aunque también debemos conocer que existen excepciones, pues quedan excluidos los vehículos con etiqueta 0 emisiones, los de emergencia y transporte público, así como los vehículos frigoríficos que necesitan tener el motor encendido para mantener la cadena de frío.

Madrid el paraíso de las multas: la capital bate su récord de sanciones y recaudación en 2024
En Madrid te pueden multar por dejar el coche aparcado con el motor encendido

Dicha infracción está considerada como leve, por lo que la cuantía de la sanción se eleva a los 100 euros. Esta reglamentación también ha recibido quejas por parte de colectivos como Dvuelta que llegó a presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al considerar que esta norma infringe el principio de legalidad sancionadora, al no estar contemplada expresamente en el Reglamento General de Circulación, la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley de Tráfico, entre otras normativas.

Otro ejemplo lo podemos encontrar también en Barcelona, en concreto en la Ordenanza General de Medioambiente Urbano, en su artículo 44-3.7 se señala que “salvo situaciones de congestión del tránsito, está prohibido que los vehículos parados en la vía pública u otros espacios públicos permanezcan con los motores en marcha durante más de dos minutos”.

Como curiosidad, en los últimos días ha sido noticia esta medida en Nueva York (Estados Unidos), donde los agentes han estado multando por este motivo a las furgonetas de reparto de Amazon y según las noticias que nos llegan desde el otro lado del Atlántico se podrían haber recaudado ya más de 9 millones de dólares.

 

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