Si hacemos balance del 2019 en materia de seguridad vial y novedades en nuestro país, al final tenemos que hacer mención sí o sí a la parálisis política que estamos viviendo: unos presupuestos no aprobados, dos elecciones generales, elecciones municipales, autonómicas y europeas… Todo ello ha traído muchas noticias de intenciones, de propuestas… pero nada en claro y ninguna Ley nueva en el tema que nos trae.
Sin embargo, para el 2020, el Gobierno (de salir adelante) planea dos grandes medidas que afectarán a la movilidad urbana en mayor medida. Las repasamos.
Nuevos límite de velocidad para las ciudades
La modificación del Reglamento de Circulación planea modificar la velocidad genérica en las ciudades a 30 km/h. Esto afectará a las vías de un solo carril por sentido de circulación; para el resto de calles, con más de un carril y con una fluidez importante de vehículos, los ayuntamientos podrán mantener la velocidad máxima a 50 km/h.
Esta medida tiene un importante factor de seguridad detrás, pero también para el tráfico. La conocida como Ley 80/20 está detrás de la movilidad de vehículos en la ciudad: esta dice que, de media, solo el 20 por ciento de las calles soporta el 80 por ciento del tráfico en las ciudades (anillos perimetrales, calles principales…), y estas podrán tener un límite de 50 km/h; el 80 por ciento restante soporta apenas el 20 por ciento del tráfico.
En cuanto a la seguridad, rebajar la velocidad en la ciudad permitirá reducir el número de accidentes y aumentará la probabilidad de supervivencia en caso de atropello. Según un estudio del a Organización Mundial de la Salud del 2011, el riesgo de fallecer por culpa de un atropello se reduce como mínimo 5 veces si la velocidad del impacto es de 30 km/h. El estudio también comenta que, rebajando la velocidad a 30 km/h, se reduce un 3 por ciento el riesgo de resultar herido grave y un 4 por ciento de sufrir un accidente con víctimas mortales.
De esta forma, se pretende proteger también a los peatones y, en especial, a los usuarios más vulnerables de la vía: ciclistas, motociclistas y, entre otros, los usuarios de los patinetes, protagonistas de la segunda gran novedad.
Nueva regulación de los patinetes eléctricos
Esta segunda modificación que planea la DGT para el 2020 afecta directamente a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), con los patines eléctricos en el foco principal. Estos serán considerados como vehículos, de forma que sus conductores podrán ser también multados por su mal uso: por dar positivo en alcohol y/o drogas, por conducir con los auriculares puestos, usando el móvil, por aparcar mal…
Los patinetes eléctricos tendrán un límite de 25 km/h y no podrán circular por las aceras ni por vías interurbanas. Así, habrá un marco regulatorio general para todas las ciudades, cuando hasta ahora es cada ayuntamiento el encargado de marcar los límites en el uso de este tipo de vehículos. Aquí tienes todas las novedades de esta nueva norma al detalle.