La DGT recuerda todos los límites de velocidad durante la desescalada

La movilidad va, poco a poco, incrementándose según avanza el estado de alarma. Con casi la mitad del país en fase 1 ya de desescalada, la DGT recuerda cómo han quedado en el último año los límites de velocidad genéricos.

La DGT recuerda todos los límites de velocidad durante la desescalada
La DGT recuerda todos los límites de velocidad durante la desescalada

Casi dos meses de confinamiento por la crisis del coronavirus han modificado todos nuestros hábitos y rutinas. Uno de ellos, sin duda, la circulación en coches, que salvo para casos muy puntuales y para la mayoría de la población, todo ha quedado reducido a ir a pocos kilómetros a comprar artículos de primera necesidad o a la farmacia. Sin embargo, poco a poco las restricciones llegan a su fin.

Casi la mitad del país ya se encuentra en fase 1 de la desescalada, lo que ha permitido abrir nuevas vías de circulación en coche y notable aumento de la movilidad. Por eso, ahora se empezará a salir a carretera, a circular entre pueblos o a ir una segunda residencia en la provincia, la DGT ha querido aprovechar para recordar, a través de redes sociales, cómo han quedado los límites de velocidad genéricos en función al vehículo y a la vía por la que se transite. Hay que recordar que hace unos meses llegaron las últimas modificaciones.

Así, turismos, motocicletas, autocaravanas de 3.500 kg de MMA o menos y pick-ups cuentan con límite de velocidad máxima de 120 km/h en autopistas y autovías y de 90 km/h en carreteras convencionales. Por su parte, autobuses, vehículos derivados de turismos y los vehículos mixtos adaptables presentan unos límites de 100 km/h en autopistas y autovías, y de 90 km/h en carreteras convencionales.

Camiones y tractocamiones, furgones y furgonetas, autocaravanas de más de 3.500 kg de MMA, vehículos articulados, automóviles con remolque y resto de vehículos cuentan con un límite de velocidad en autopistas y autovías de 90 km/h, y de 80 km/h en carreteras convencionales. Por último, bicicletas y ciclomotores (bicicletas solo por autovía, salvo prohibición expresa) pueden circular a 45 km/h en autopistas, autovías y carreteras convencionales.

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