Llevamos meses anticipándote cambios importantes que prepara la DGT y ya están oficialmente aquí. Hoy, miércoles 26 de junio de 2024, el nuevo Real Decreto previsto por el Gobierno para la modificación del Reglamento General de Circulación inicia su fase de audiencia e información pública con el objetivo de ser inmediatamente ya después aprobado en Consejo de Ministros y entrar en vigor probablemente a inicios de 2025. El trámite ya está en marcha y traerá importantísimas novedades.
Y es que Servimedia ha tenido acceso a este documento oficial que contiene parte de las modificaciones que la DGT había ido ya anticipando, pero también algunas normas desconocidas y que afectarán a todos los conductores. Se trata de un paquete de medidas en el que Tráfico lleva tres años trabajando con el objetivo principal de proteger mejor a los usuarios vulnerables de las vías. Te detallamos una a una todas las grandes novedades.
Menos límite de alcohol para algunos conductores
Y la gran novedad que hemos conocido hoy mismo es que, dentro de este paquete de medidas, la DGT ya contempla reducir por ejemplo el límite de alcoholemia para los conductores noveles y profesionales, que una vez que se apruebe el texto bajará de 0,30 a 0,20 gramos por litro de alcohol en sangre, o de 0,15 a 0,10 si se mide en miligramos por litro de aire espirado.

Mínimo 16 años para usar patinetes eléctricos, y siempre con casco
Otra medida que ha sorprendido en las últimas horas es la posibilidad ya de establecer definitivamente una edad mínima para usar Vehículos de Movilidad Personal (VMP), es decir, por ejemplo patinetes eléctricos. La intención de la DGT es que puedan usarse ya a partir de los 16 años y siempre con la obligación de llevar casco.
Además, quienes usen patinetes eléctricos y otros tipos de transporte VMP de manera profesional, es decir, sobre todo los repartidores, deberán también equipar obligatoriamente un chaleco reflectante, según ha confirmado además la subdirectora adjunta de Vehículos de la DGT, Susana Gómez, durante un acto de Pons Mobility.

Las motos podrán ir por arcén, y siempre con guantes de protección, casco homologado y calzado cerrado
Pero la nueva reforma prevista del Reglamento de Circulación también traerá importantes novedades relacionadas con los motoristas, ya confirmadas definitivamente. Y es que, tal y como te hemos ido adelantando, la DGT permitirá que las motos circulen por los arcenes en condiciones de atascos y retenciones, siempre y cuando no superen los 30 km/h de velocidad máxima y respeten las normas de prioridad de paso de vehículos ya obligados por norma a circular por los arcenes, como bicicletas o vehículos agrarios.
Además, los cambios normativos también obligarán a que los conductores y pasajeros de las motos circulen siempre en carretera con guantes de protección y casco integral o modular, así como con calzado cerrado en todo tipo de vías. Por su parte, los cascos de quienes viajen en ciclomotor también tendrán que estar obligatoriamente homologados y no solo certificados como hasta ahora, y sus conductores y pasajeros también tendrán que llevar guantes de protección y calzado cerrado.

Los ciclistas, siempre ya con casco en carretera y sin excepciones
Entre los usuarios vulnerables a los que quiere proteger también la DGT figuran obviamente los ciclistas, que tendrán ya siempre obligatoriamente que usar casco en carretera, eliminándose las excepciones contempladas hasta la fecha en casos de pendientes ascendentes prolongadas, razones médicas o condiciones extremas de calor: todos tendrán siempre que llevarlo puesto. Los ciclistas además deberán llevar mínimo un elemento luminoso o retrorreflectante en momentos de baja visibilidad o por la noche, para que puedan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.
Por su parte, y respecto al resto de usuarios en relación a los ciclistas, la DGT impondrá también la obligatoriedad de que cualquier conductor que los adelante en carretera deba circular como mucho 20 km/h por debajo del límite de velocidad establecido, y dejar siempre una separación lateral mínima de 1,5 metros, debiendo hacer en algunos supuestos un cambio completo de carril.

Limitación de velocidad para autobuses
Otra novedad indicará que los autobuses no puedan circular a una velocidad superior a 80 km/h en carretera, siempre que viajen pasajeros de pie o si los vehículos carecen de cinturón de seguridad, mientras que se corrobora la norma de que, en autopistas y autovías, todos los vehículos deban ir por el carril derecho cuando se produzcan nevadas, dejando siempre libre el izquierdo para el uso de vehículos de emergencia y quitanieves y teniendo, por tanto, prohibido adelantar en estas circunstancias de mal tiempo.
No puede haber plazas de aparcamiento junto a pasos de peatones
Por último, más modificaciones importantes contemplan, por ejemplo, que en ciudad se prohíban ya las plazas de aparcamiento en las inmediaciones de los pasos de peatones para facilitar la visibilidad y accesibilidad, o la obligatoriedad de que las bicicletas circulen por la calzada con carácter general y preferentemente por el centro del carril, dejando el resto de vehículos de motor al menos 5 metros de distancia de seguridad con la bicicleta que circule por delante.
Además, para favorecer el uso de la bicicleta en entornos urbanos y en atascos, la DGT permitirá que los ciclistas rebasen a los vehículos de motor por la derecha o por la izquierda, mientras que en calles con un único carril y limitación de velocidad de 30 km/h se permitirá la posibilidad de que los ciclistas circulen en sentido contrario también.