Y el verano llegó. Y con esta estación, también lo hace ya una nueva normativa reguladora del sector del automóvil, que a partir del próximo día 6 de julio, por orden comunitaria de la UE, obligará a que todos los vehículos nuevos equipen ya de serie hasta diez nuevos sistemas de ayuda al conductor, conocidos como ADAS. Y vaya si son importantes, ya que el último informe del Parlamento Europeo cifra en hasta 25.000 las muertes, y en 140.000 los heridos graves, que pueden evitarse ya en los próximos 18 años con la instalación de estos sistemas de seguridad.
Claro que de nada sirve la tecnología si no se comprueba que funcione ni se verifica su estado. Esa es la denuncia que realiza hoy AECA-ITV, la asociación que incluye hoy en España a la práctica totalidad de estaciones de inspección obligatoria, exigiendo a la UE tener por supuesto un papel clave en el funcionamiento de los sistemas ADAS. Como no podía ser de otra forma.

Del mismo modo que se comprueba el estado de los airbags o de los cinturones de seguridad, las ITV lógicamente consideran fundamental añadir a las inspecciones la comprobación de estos sistemas de seguridad obligatorios durante toda la vida útil de los coches, para realmente garantizar, no que estén instalados, que de poco sirve, sino de que funcionan de verdad con eficacia. Sin embargo, de momento no se podrá realizar de todos.
Estos son los 4 sistemas obligatorios que las ITV podrán ya comprobar
Según denuncian hoy las ITV, antes deben aprobarse reglamentos específicos para cada sistema nuevo de seguridad, de manera que entren definitivamente en el marco de la homologación la comprobación de los mismos por parte de las autoridades competentes. Y hoy en día, solo 4 de los 10 sistemas ADAS cuentan con estos reglamentos, que definen cómo deben funcionar y cómo se deben comprobar. Son los siguientes.
- El registrador de datos de incidencia. Es decir, la conocida popularmente como caja negra.
- El sistema de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor.
- El sistema de asistente de velocidad inteligente.
- El sistema de emergencia de mantenimiento de carril.
Así, solo estos cuatro sistemas en principio podrán comprobarse en la ITV, quedando aún otros 6 que necesitan primero un reglamento especifico de uso y comprobación. Son la cámara trasera con detección de tráfico cruzado; el alcoholímetro anti-arranque; el frenado de emergencia con protección especial de usuarios vulnerables de la vía pública; la alerta de cinturón de plazas traseras; el control de crucero adaptativo; y el sistema de control de presión de neumáticos.

No todos los fabricantes están permitiendo el acceso a la verificación de los sistemas
La nueva norma comunitaria también establece, según dicta el Reglamento 2019/621 del 20 de mayo de 2020, que todos los fabricantes deberán permitir el acceso a la verificación de estos sistemas por medio de chequeos del sistema de los vehículos y por comprobación de la centralita de gestión.
Sin embargo, a día de hoy, AECA-ITV denuncia también que toda esta información técnica no se está proporcionando por muchos de los fabricantes de la industria, que no permiten un acceso factible y fácil a estos datos por tres causas: el formato no es estructurado y la plataforma no es común; algunos no suministran información técnica; y otros que sí prometen hacerlo pretenden cobrar por ello, en contra de lo que el reglamento establece. Entendemos que la Unión Europea pronto tendrá que actuar. De nada sirve un sistema de seguridad si con los años no se comprueba que funcione.