La Navidad es tiempo de ilusión y sorpresas. Así que, lo mejor, es que al volante limitemos estas últimas, pues pueden no ser del todo agradables. A este respecto, SocialDrive ha recordado en sus redes sociales que algunos de nuestros comportamientos más habituales no están permitidos, son peligrosos y, además, son motivo de sanción.
Al igual que en verano cambiamos nuestra forma de conducir y viajar, en invierno también debemos tener en cuenta algunos vicios en los que podemos incurrir y son motivos de sanción. Por ejemplo, seguro que has oído eso de que conducir con abrigo es suficiente para que te multen. Esto no es del todo así, digamos que lo es en el fondo pero no en la forma.
En este caso, hay que tener en cuenta que conducir con abrigo puede dificultar nuestros movimientos y provocar que el funcionamiento del cinturón de seguridad sea menos eficaz. Por ello, la DGT multa con 200 euros quien incumpla el artículo 18 del Reglamento General de Tráfico: “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.
Es decir, por llevar un abrigo que el agente considere que dificulta nuestros movimientos puede multarnos, pero también si utilizamos tacones o tenemos el teléfono móvil en la mano. Ten en cuenta que, a este respecto, la DGT ha elevado el número de puntos que pueden quitarnos del carné de conducir.
Conducir con abrigo no es una infracción. Sí lo es que el conductor no mantenga las condiciones que garanticen su seguridad (Art 18 #RGCirculación)
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) December 21, 2020
👉Llevar ropa gruesa puede limitar la libertad de movimientos y hacer que el #cinturón no sea tan eficaz en caso de accidente. pic.twitter.com/KjRID4jedH
Otras multas propias del invierno
Pero, como te decimos, el uso de prendas inadecuadas o del teléfono móvil no son los únicos motivos para que la DGT nos sancione económicamente si no cumplimos las normas. Desde SocialDrive han recogido algunas de ellas.
Así, entre otros actos que comprometen nuestra seguridad y son motivo de sanción, conducir con las escobillas gastadas puede costarnos 80 euros y no quitar el hielo del parabrisas también nos puede descontar 200 euros. Por último, algo que quizá no sabías: salpicar a propósito a un peatón puede suponer 600 euros de multa.
Estas son las multas de #Invierno que no conoces ❄️🚘#FelizLunes
— SocialDrive (@SocialDrive_es) December 21, 2020
✅ Restos hielo parabrisas delantero. 200€
✅ Conducir con abrigo grueso. 200€
✅ Conducir con Zapato de tacón alto 200€
✅ Escobillas gastadas. 80€
✅ Salpicar a un peatón. 600€ pic.twitter.com/txczrFrM2x