Para la DGT, el distintivo ambiental “tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y ser un instrumento eficaz al servicio de las políticas municipales, tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente”.
Así, en algunas ciudades ya se utilizan las etiquetas de la DGT a la hora de restringir el tráfico en episodios de alta contaminación, prohibiendo la circulación a los vehículos que carecen de ella. Pero ¿es o no obligatorio lleva este distintivo en el parabrisas del coche?
La etiqueta es voluntaria, pero algunas ciudades te multan ya si no la llevas
Como asegura la DGT en su página web, “Si bien la obtención y colocación del distintivo es voluntaria, esta debe hacerse pegando la etiqueta en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él. En su defecto (en el caso de motocicletas), en cualquier sitio visible del vehículo”.
Es decir, el máximo organismo de Tráfico no habla de obligatoriedad, pero sí será de obligado cumplimiento si las ordenanzas municipales lo exigen, para circular por algunas de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), ya que de esta forma los agentes sabrán si tienes o no derecho a entrar en esa ZBE. El incumplimiento de esta norma está además sancionado con multas de hasta 90 €, en el caso de Madrid, y de 100 € en Barcelona.

Este es el significado de cada una de las etiquetas de la DGT
Existen cuatro distintivos ambientales creados en función del impacto medioambiental de los vehículos y los mismos, clasificarán y graduarán el 50% del parque más eficiente. De mayor a menor eficiencia serían:
Etiqueta 0 emisiones, Azul: Identifica a los vehículos más eficientes. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
Etiqueta Eco: Los siguientes en el escalón de eficiencia, se trata en su mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Deben cumplir los criterios de la etiqueta C.
Etiqueta C, Verde: Vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas, excluido el conductor, y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.

Etiqueta B, Amarilla: Vehículos de combustión interna que si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.
El resto de los vehículos, el 50% más contaminante, no tiene derecho a ningún tipo de distintivo al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio.
Así puedes conseguir la etiqueta de la DGT
La compra de los distintivos ambientales puede realizarse a través de las oficinas de Correos, la red de talleres de la Confederación Española de talleres (CETRAA) y otras redes de talleres autorizados, gestores administrativos, el Instituto de Estudios de Automoción (IDEAUTO), y estancos autorizados (Expendedores de Tabacos y Timbre del Estado)
El distintivo es válido para circular en España. Pero si vas a circular con tu vehículo en Alemania, Austria, Dinamarca, Francia u otro país con sistema de catalogación ambiental, debes informarte antes de ir sobre si es necesario obtener un distintivo en el país al que viajas, cómo hacerlo y de los criterios para poder circular.