Entre tanto ruido entorno siempre a la DGT, a las nuevas normas de circulación y, especialmente, ante el elevado número de radares de velocidad que cada año se multiplican con nuevos sistemas móviles, de tramo o, incluso, en helicópteros y drones, hay sanciones habituales del día a día que los agentes de tráfico pueden poner y que pasan más desapercibidas… salvo cuando le tocan a uno, claro.
En este sentido, debes saber que hay ciertos defectos de los coches, o elementos en mal estado, que generan sanciones de tráfico, pero en los que apenas reparamos salvo, quizá, cuando nos toca pasar la ITV, donde solemos comprobar con mayor profundidad todos los componentes que pueden ocasionarnos reprimendas, como que funcionen las luces, las escobillas limpiaparabrisas, los cinturones…
Entre estas comprobaciones hay una que nunca deberíamos olvidar tampoco, ya que la Ley de Tráfico y el Código de Circulación especifican de forma muy clara que supone una infracción por la que puede multarse en carretera: hablamos esta vez del deterioro o los defectos que pueden llegar a tener las matrículas de nuestros vehículos. ¿Hace cuánto tiempo que no lo revisas?

Hoy, precisamente, queremos contarte que circular con cualquier matrícula en un estado que no sea recomendable está tipificado claramente en el Código de Circulación y en la nueva Ley de Tráfico, en su artículo 10, como multa y sanción. En concreto, el texto recoge que siempre debemos llevar la matrícula del coche en buen estado, siendo perfectamente legible. Una consideración además importante es que la responsabilidad, en caso de presentar algún defecto o deterioro, no es del titular del vehículo, sino del propio conductor en ese momento. ¡Atentos!
Es importante conocer también que el artículo no solo especifica que la matrícula esté dañada, borrada, rota o doblada: también es sancionable, como podrás haber intuido ya, que esté sucia y sus letras no puedan ser leídas como debieran. En todos estos casos, la multa estipulada ya por la DGT es de 200 euros, al considerarse una infracción grave, aunque con pronto pago, como suele ser habitual, puede suponerte 100 euros finales siempre que decidas abonar la sanción en los 20 días naturales posteriores a la notificación.
Como hemos señalado, en su artículo 10, la nueva Ley de Tráfico especifica textualmente que “el conductor debe verifica que las placas de la matrícula del vehículo no presentan obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación, no estén deterioradas ni manipuladas”. Muchos son defectos muy habituales que presentan un gran número de vehículos, ya que los pequeños impactos al aparcar o al rodar por determinados terrenos puede dañar o ensuciar fácilmente este elemento.

Cuándo considera la DGT que una matrícula no está en buen estado
Además, en función a su estado final, también debes conocer que un defecto grave en la matrícula puede igualmente ocasionarte un suspenso en la próxima ITV que tengas que superar. Conviene por tanto comprobar siempre su estado.
En resumen, te contamos para finalizar cuáles son todos los supuestos que la DGT considera defectuosos en el estado de las matrículas de los coches y que pueden ser sancionables.
- Si la matrícula no está correctamente colocada en su ubicación natural.
- Si alguna letra o número de la matrícula está ligera o completamente borrada y no permite su correcta legibilidad.
- Si hay polvo o barro sobre la matrícula que dificultan su correcta y buena lectura.
- Si el conductor ha añadido alguna pegatina, adorno o cualquier decoración. Jamás está permitido sobre las placas.
- Si la placa de la matrícula está doblada o rota.
- Si la matrícula carece de iluminación que la haga visible de noche o con malas condiciones de visibilidad.