La DGT avisa: en menos de un mes obligará a estos cambios y modifica notificaciones, como las multas

La DGT ha iniciado ya una campaña divulgativa a través de todos sus canales para recordar la obligatoriedad que tendrán algunas personas a partir de noviembre: tienen que darse ya de alta en la DEV. Te contamos todos los detalles.

La DGT avisa, en menos de un mes obligará a estos cambios y modifica notificaciones, como las multas
La DGT avisa, en menos de un mes obligará a estos cambios y modifica notificaciones, como las multas

La DGT cambia algunas de sus notificaciones. La noticia te la venimos avanzando ya en las últimas semanas, y ahora es el propio organismo de Tráfico el que ha decidido iniciar una campaña de divulgación a través de todos sus canales, especialmente en redes sociales, para explicar las novedades que llegarán a partir del 1 de noviembre y que, a pesar de haber pasado quizá desapercibida, obligará a ciertos cambios importantes a algunos sectores de la población.

Con esta nueva campaña, que estará activa durante todo el mes de octubre que acaba de iniciarse, la DGT recordará que, desde el próximo día 1 de noviembre, “todas las personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación (titulares de vehículos en el Registro de Vehículos) o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo, deberán disponer antes de esa fecha de una Dirección Electrónica Vial (DEV) y deberán facilitar un correo electrónico y/o un teléfono móvil”.

Esta nueva acción obligatoria de la DGT será imprescindible para que todas estas personas jurídicas puedan recibir desde entonces los avisos de puesta a disposición de las notificaciones que puedan tener pendientes de leer, como pueden ser fundamentalmente las multas de tráfico. Para darse de alta en la DEV, la campaña recuerda que solo es “necesario disponer de un certificado digital en vigor”.

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La DGT obliga a las personas jurídicas a disponer de una DEV desde el 1 de noviembre.

La DGT recuerda igualmente que las personas jurídicas vienen relacionándose ya de forma electrónica con el máximo organismo de Tráfico de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, “y en esta misma línea a partir del próximo 1 de noviembre también deberán disponer de una Dirección Electrónica Vial en base a lo establecido en el artículo 60 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial”.

La DGT advierte además de que, en caso de no llevar a cabo este nuevo trámite obligatorio, el propio organismo será quien asigne de oficio una Dirección Electrónica Vial a las personas jurídicas, es decir, a las empresas, que recibirán por tanto de forma electrónica las notificaciones de tráfico, pero en ningún caso podrá enviar avisos de las notificaciones pendientes al no dispone de correo electrónico o teléfono móvil.

Eso sí, la DGT confirma que en esos casos las notificaciones quedarán igualmente disponibles en el buzón de la DEV y se dará por informado.

 

Estas son las restricciones a la que se enfrentan los vehículos con etiqueta C de la DGT. Foto: iStock.

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