Efectivamente, la Dirección General de Tráfico va a cambiar la forma de notificar una multa. Pero este cambio de momento solo afecta a las personas jurídicas, es decir, a las empresas. A partir del próximo 1 de noviembre, las empresas recibirán el aviso de sanción de forma electrónica, a través del servicio de la Dirección Electrónica Vial, también conocida como DEV. Desde esa fecha, todas las notificaciones relacionadas con procedimientos sancionadores, la ITV o la caducidad del seguro de los vehículos de los que sean titulares se llevarán a cabo por este canal. Hay que recordar que hasta la fecha la DGT notificaba la llegada de una multa por correo ordinario.
Cómo darse de alta en la DEV
Para dar de alta en la Dirección Electrónica Vial será necesario usar un certificado digital en vigor y facilitar un correo electrónico y un teléfono móvil dónde recibir los avisos de las notificaciones pendientes. En caso de no darse de alta, se asignará de oficio una dirección electrónica vial, donde se realizarán las notificaciones pertinentes. Y recuerda que si no se comunica a la DGT un correo electrónico o teléfono móvil para este fin, no se recibirán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones de multas de tráfico. Eso sí, la notificación de la multa quedará disponible en la DEV.
Cómo se reciben las notificaciones
Las comunicaciones y notificaciones se envían directamente a la DEV y se pueden consultar directamente entrando en la aplicación con tu certificado o DNI electrónico. No obstante, la DGT te mandará un mensaje a la dirección de correo electrónico o al número de teléfono móvil que indicaste al realizar el alta avisando que tienes una nueva comunicación o notificación pendiente de leer.
Una vez en tu DEV podrás leer o rechazar la notificación. Si decides rechazarla, la notificación se dará por realizada, continuando el procedimiento. Si, por el contrario, no haces nada, una vez transcurridos 10 días naturales, la notificación caduca, y se considera rechazada. A partir de este momento cuentas con 20 días naturales para realizar actuaciones (pagar, presentar alegaciones...).
En el caso de las personas físicas o particulares, estos no se verán afectados por este cambio. Y pueden elegir cómo quieren recibir una multa: por correo ordinario o a través de la DEV.