Todas las vías urbanas de un solo carril por sentido de circulación están limitadas a 30 km/h. Esta medida, que entró en vigor el 11 de mayo de 2021, fue establecida por la DGT a través de una modificación del Reglamento General de Circulación que se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 11 de noviembre de 2020. La DGT argumentaba por aquel entonces cuáles eran las razones para bajar a 30 km/h el límite en ciudad. Pero seguro que más de una vez te has preguntado a qué velocidad exacta salta un radar en este tipo de vías, en las que es muy fácil superar este límite.
El margen de error de un radar limitado a 30 km/h
El margen de tolerancia de un radar puede variar dependiendo del tipo de radar, del límite de velocidad y de la calibración del propio radar. La conocida como regla del 5 y del 7, establecida por una orden ministerial de 2020 y confirmada por la propia Guardia Civil, establece, en primer lugar, que los radares fijos permiten una tolerancia de hasta 5 km/h en tramos donde el límite de velocidad es inferior a 100 km/h.
Sin embargo, recientemente la DGT ha ajustado el margen de tolerancia en el caso de los radares fijos y móviles nuevos, donde ya no se aplica la conocida regla del 5 y del 7. En el caso de los radares fijos nuevos, el margen de error es de 3 km/h por debajo de los 100 km/h. Esto quiere decir que en una vía limitada a 30 km/h, el margen será de 33 km/h. En cambio, si el radar fijo tiene más de un año de antigüedad, el margen de error será de 35 km/h.

Esta es la velocidad a la que te pueden multar en una zona de 30 km/h en ciudad
Según la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, si superas entre 21 y 30 km/h el límite fijado, la multa asciende a 300 euros y la pérdida de 2 puntos del carné. Por lo tanto, en aquellas vías limitadas a 30 km/h, esta sanción se aplicará a partir de 51 km/h.
Después, el número de puntos a perder y la cuantía de la sanción irá aumentando progresivamente. Si el límite es rebasado en más de 40 km/h, la multa puede ascender hasta los 600 euros y se perderían 6 puntos. Además, dependiendo de la gravedad, puede suponer la retirada del carné.
Por último, y según el artículo 379 del Código Penal Español, está tipificado como delito superar el límite en más de 60 km/h en vías urbanas, lo que supondrá para el conductor prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la retirada siempre del permiso de conducción por un tiempo entre 1 y 4 años.