En otoño de 2020, el Gobierno presentó un anteproyecto de ley por el que se modificará la actual Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. Por el momento, los cambios y modificaciones que se contemplan tienen que ser aprobados e inclusos modificados por tramitación parlamentaria (se tiene que dar el visto bueno en el Congreso de los Diputados), por lo que aún no se han aprobado de forma definitiva, aunque con toda probabilidad sí que contarán con su aprobación final a lo largo de los próximos meses y semanas.
Según la DGT, los cambios previstos en la nueva Ley de Tráfico es fomentar comportamientos más seguros y responsables al volante. De forma específica, estos son los importantes 8 cambios que se contemplan al respecto que afectará en el día a día a los conductores cuando usen su vehículo.
USO DEL MÓVIL: MÁS PERDIDA DE PUNTOS
En la nueva Ley de Tráfico se contempla un endurecimiento en la sanción de usar el móvil mientras se conduce. En la actualidad, si el conductor lo utiliza se restan 3 puntos en su carné y con la nueva modificación de la Ley se pretende aumentar la resta de puntos hasta 6. Según los datos oficiales de accidentes de tráfico, las distracciones causaron el 28 por ciento de los accidentes mortales, siendo el uso del smartphone y de otros dispositivos como el navegador las causas más comunes de dichas distracciones.
HASTA 4 PUNTOS POR NO USAR EL CINTURÓN, EL CASCO Y LA SILLITA INFANTIL
En la nueva Ley, se pretende subir de 3 a 4 puntos la sanción si no se usan los sistemas obligatorios de seguridad (cinturón de seguridad, sistema de retención infantil, cascos, etc.) o, en el caso de hacerlo, usarlos: no llevar correctamente abrochado el cinturón de seguridad o el casco, por ejemplo, también tiene consecuencias negativas para la seguridad, según la DGT.
PÉRDIDA DE 3 PUNTOS POR USAR DETECTORES DE RADAR
El único dispositivo permitido y legal para anunciar de la presencia de un radar de velocidad es el denominado avisador, un dispositivo que utiliza la base de datos oficial con todos los radares en funcionamiento de la DGT. Sin embargo, los inhibidores de radar están prohibidos desde hace ya mucho tiempo, al igual que los detectores. Sobre estos últimos, se contempla un endurecimiento de la sanción, con una multa económica de 200 euros y la pérdida de hasta 3 puntos en el carné de conducir. En la actualidad, sólo se puede multar si el conductor es interceptado utilizando ese dispositivo, algo bastante complicado porque se suele apagar cuando los agentes de tráfico dan el alto al vehículo. Con el nuevo cambio previsto en el Anteproyecto de Ley, también se pretende sancionar el hecho de llevarlo en el coche.
NO SUPERAR LOS 20 KM/H EL LÍMITE DE VELOCIDAD AL ADELANTAR
En el nuevo Anteproyecto de Ley, se prevé que ni turismos ni motocicletas podrán superar en 20 km/h los límites máximos de velocidad cuando adelanten a otro vehículo en una carretera convencional.
MÁS CURSOS E INICIATIVAS PARA RECUPERAR PUNTOS
La realización de cursos de conducción segura, certificados por la Dirección General de Tráfico, permitirán recuperar y/o bonificar puntos del carné de conducir. Una futura orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que se deben cumplir.
2 AÑOS SIN SANCIONES PARA PODER RECUPERAR TODOS LOS PUNTOS
Según el nuevo Anteproyecto de Ley, antes de que un conductor sancionado pueda recuperar el saldo inicial, tendrán que pasar 2 años sin ser penalizado por una nueva infracción que conlleve la pérdida de puntos. Ahora este período varía en función de la gravedad de la infracción que se ha cometido.
DISPOSITIVOS AUTORIZADOS EN LOS EXÁMENES
Utilizar dispositivos de comunicación no autorizados en los exámenes de conducir pasa a ser considerado fraude, por lo que estaría cometiéndose una infracción muy grave. Conllevará una multa de 500 euros y no poder presentarse de nuevo al examen hasta que pasen 6 meses.
COLORES ROJO Y VERDE PARA VEHÍCULOS PROFESIONALES
Las empresas con vehículos profesionales de transporte de personas y mercancías podrán acceder al Registro de Conductores para conocer si un trabajador tiene vigente el permiso de conducir. Se informará con un rojo o un verde, en función de si el carné está en vigor o no.