Llevamos ya años hablando del denominado “Cártel de coches”, una supuesta política de pacto de precios en el mercado que, como conclusión, elevó el precio de los vehículos a la venta durante hasta 13 años, teniendo los compradores que pagar un sobreprecio por todos ellos. Pues bien, ahora parece que el proceso por fin se acelera y estamos a la vista de lo que puede comenzar a ser la resolución del conflicto.
Y es que la Organización de Consumidores y Usuarios, la OCU, acaba de anunciar que ha interpuesto ya sus primeras demandas colectivas para defender a los afectados por este supuesto cártel de automóviles y reclamar una indemnización final. En concreto, las tres primeras demandas se han dirigido ya contra estos trece fabricantes de coches: Seat, Porsche, Volkswagen, Audi, Skoda, Hyundai, Chevrolet, Nissan, Mercedes, Toyota, Lexus, Honda y Volvo.
La indemnización puede alcanzar hasta el 17,5% del precio de compra del coche
Con esta acción, la OCU pretende resarcir ya a los propietarios que pagaron sobreprecios en la compra de sus coches, mediante la legitimación especial con la que cuenta esta asociación, una de las organizaciones de consumidores más representativas de España. Mediante su primer análisis pericial efectuado, la demanda solicita ya de media hasta el 10,61 por ciento del precio de compra de los vehículos afectados, como indemnización por el perjuicio ocasionado a los consumidores que adquirieron el coche por un importe superior del que deberían haber pagado si no hubiesen existido estos acuerdos contrarios a las leyes de la competencia.

La OCU asegura que, a este importe, los afectados deben añadir también los intereses de demora desde que adquirieron el vehículo, lo que equivaldría por tanto en total a recibir una indemnización total como afectados de entre un 14 y un 17,5 por ciento en función a la fecha de compra. Esto significa que, por la compra por ejemplo de un vehículo medio de 30.000 euros, el consumidor tendría ahora derecho a una indemnización de entre aproximadamente 4.200 y 5.250 euros. Una cifra, sin duda, importante.
Todos los coches por los que puedes reclamar ya indemnización
Pero, ¿qué consumidores pueden reclamar las indemnizaciones? A continuación te señalamos todas las marcas afectadas supuestamente por este pacto de precios y los años en los que vendieron este tipo de modelos por el que se pueden reclamar ya indemnizaciones.
- Seat: coches comprados entre febrero de 2006 y enero de 2013.
- Porsche: coches comprados entre junio de 2010 y agosto de 2013.
- Volkswagen, Audi y Skoda: coches comprados entre octubre de 2008 y junio de 2013.
- Hyundai: coches comprados entre marzo de 2010 y agosto de 2013.
- Chevrolet: coches comprados entre febrero de 2006 y agosto de 2013.
- Nissan: coches comprados entre junio de 2008 y agosto de 2013.
- Mercedes: coches comprados entre marzo de 2010 y febrero de 2011.
- Lexus y Toyota: coches comprados entre febrero de 2006 y agosto de 2013.
- Honda: coches comprados entre abril de 2009 y agosto de 2013.
- Volvo: coches comprados entre marzo de 2010 y agosto de 2013.
Todos los consumidores que compraron cualquier coche de estas marcas en esos intervalos de tiempo tendrían derecho ya a reclamar una indemnización por tanto por haber participado los fabricantes de esos vehículos en el supuesto pacto ilegal de precios que la OCU considera ya acreditado. Tras las tres primeras demandas colectivas ya presentadas por la organización, se seguirán presentando de manera paulatina más demandas colectivas hasta completar el elenco de todos los fabricantes afectados que ya han sido sancionados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
La OCU da la opción de que cualquier persona que crea que sea afectada y merezca esta indemnización pueda incorporarse a la demanda colectiva por Internet y en unos sencillos pasos a través de la propia página web de la OCU. La organización asegura ofrecer condiciones económicamente muy ventajosas, incluyendo abogado, procurador y perito, sin necesidad de aportar provisión de fondos y abonando solo en caso de estimación de la demanda. Si se desestima, los afectados no tendrán que pagar honorarios ni asumir una eventual condena en costas. ¡Así que ya sabes!