Sentencia judicial, ¿cuándo tienes que volver a examinarte del carnet de conducir?

Si te han retirado el carnet de conducir por una sentencia judicial tendrás que volver a examinarte para poder volver a hacerlo. No ocurre en todos los casos, solo en algunos.

sentencia judicial examinarte carnet de conducir
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Tanto por vía administrativa, como por la vía penal podemos perder la vigencia de nuestro permiso de conducir. En el primer caso cuando, hayamos agotado todo el saldo de puntos. En el segundo cuando una sentencia judicial decide retirarnos el permiso. En determinados casos tendrás que examinarte de nuevo para volver a conducir. ¿Sabes cuáles son?

Como decimos, por un lado, podemos perder el permiso cuando agotamos todos los puntos del mismo. Para recuperarlo tendremos que volver a examinarnos. En este caso, la DGT nos notificará el acuerdo por el cual se inicia la pérdida de vigencia del permiso de conducir. Tendremos un plazo de 10 días para presentar alegaciones. En caso de confirmarse la pérdida de vigencia en firme tendrás que entregar el permiso en cualquier jefatura de Tráfico, no pudiendo conducir a partir de ese momento.

Si queremos volver a conducir deberemos realizar un curso de Sensibilización y Reeducación Vial, de 24 horas de duración. Podremos hacerle durante el periodo de inhabilitación. A continuación deberemos obtener un certificado de aptitudes psicofísicas  en un centro de reconocimiento autorizado.

Antes de examinarnos para recuperar el permiso debemos dejar transcurrir el periodo de vigencia de 6 meses como norma general, o 3, si eres conductor profesional. Si no es la primera vez que lo hemos debemos dejar el doble de tiempo en cada caso, 12 y 6 meses. Es entonces cuando puedes  solicitar una prueba teórica sobre el curso realizado (cuesta 28,87 euros). Una vez aprobado, solicitaremos la expedición del nuevo permiso que tendrá un saldo de 8 puntos.

En el caso de sentencia judicial 

Si has sido condenado por sentencia judicial por un delito de privación del derecho a conducir vehículos a motor solo tendrás que examinarte en caso de que esta privación sea por 2 años o más. Si la condena es inferior, no es necesario volver a examinarte aunque sí realizar el curso de sensibilización y reeducación vial. Si has sido condenado por un periodo superior a 2 años o más sin el permiso debes realizar el curso de sensibilización y luego volverte a examinar una vez cumplida la condena como en el caso anterior.

En cada caso el saldo de puntos será diferente cuando recuperes el permiso. Si no tienes que volver a examinarte, recuperas el saldo de puntos que tenias antes de la sentencia. En el caso de que tengas que