¿Se puede llevar ya a los niños en el coche durante el estado de alarma?

Desde ayer domingo 26 de abril, se daba permiso a los padres a salir a la calle con los niños menores de 14 años, durante una hora y a menos de un kilómetro del domicilio. Ahora bien, ¿estos paseos se pueden dar en coche?

¿Se puede llevar ya a los niños en el coche durante el estado de alarma?
¿Se puede llevar ya a los niños en el coche durante el estado de alarma?

Poco a poco, los datos de personas contagiadas y personas fallecidas por el coronavirus Covid-19 están mejorando en nuestro país, lo que ha llevado a las autoridades sanitarias a comenzar a levantar algunas de las restricciones que se han ido imponiendo desde que se decretara el estado de alarma allá por el sábado 14 de marzo. Este pasado sábado 25 abril se publicaba en el BOE la Orden SND/370/2020, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Si has estado atento a las noticias durante las últimas horas o eres padre con niños menores de 14 años, seguro que estarás bien informado. No obstante, puede que te surjan algunas dudas sobre los tipos de paseos que están permitidos con tus hijos.

Estas salidas o paseos con los niños están sujetos a una serie de condiciones. En primer lugar, el padre o la madre podrá salir con hasta tres menores (de 14 años) durante una hora, una vez al día, a un kilómetro de distancia de su domicilio en el intervalo de horario desde las 9 horas de la mañana a las 21 horas de la tarde-noche. En el artículo 2 de esta nueva orden ministerial del sábado 25 de marzo se especifica que no podrán realizar dichos paseos “aquellos niños que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por Covid-19, o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de Covid-19". Los paseos se pueden realizar, según se detalla en el artículo 4, en el perímetro de un kilómetro alrededor de la casa y en este caso sí que se incluyen espacios naturales y verdes, pero en ningún caso parques infantiles y deportivos, así como zonas o áreas muy concurridas por otros grupos de personas. Estas salidas en familia con un adulto y tres niños menores de 14 años se podrán efectuar siempre y cuando se mantenga una distancia interpersonal de al menos dos metros con otros grupos familiares, tal y como se especifica en el artículo 3.

Estos paseos en familia en ningún caso contemplarán la visita a la casa de los abuelos, de otros familiares o de otros amigos, es decir, se excluyen las visitas a terceros.

ESTOS NUEVOS PASEOS FAMILIARES, ¿SE PUEDEN HACER EN COCHE?

El principal objetivo de la nueva orden ministerial publicada en el BOE el pasado sábado 25 de abril es permitir a los niños salir un poco a la calle a respirar y a realizar cierto ejercicio físico. Para realizar este tipo de paseos, las indicaciones de las autoridades sanitarias españolas prohíben utilizar el coche, puesto que, hay que recordar, se deben producir en el perímetro de un kilómetro alrededor del domicilio y no deben durar más de una hora, con lo que se pretende asimismo evitar posibles contactos (y contagios) con terceros.

Ahora bien, y aquí viene una de las posibles contradicciones a todas las normas y excepciones que están introduciendo las diferentes órdenes ministeriales que modifican el primer estado de alarma del sábado 14 de marzo, sí que se podría llevar a los niños menores en el coche en los supuestos ya descritos por los que sí está permitido usar el vehículo privado, siempre y cuando los menores no puedan estar tutelados en casa por otro adulto. Estos casos en los que sí se puede usar el vehículo privado eran los siguientes: para ir a comprar al supermercado, para ir a la farmacia, a una entidad bancaria, a un hospital o centro médico, ir a repostar combustible, ir al lugar del trabajo y volver al domicilio (otra excepción curiosa y ambigua…), asistencia a personas mayores que no se puedan valer por sí mismas y por causas de fuerza mayor o necesidad.

Como ves, el uso libre, total y sin prohibiciones del vehículo privado a como lo hacíamos antes de que se decretara el estado de alarma aún está muy lejos. Seguro que durante los próximos días habrá nuevas excepciones y medidas que te trataremos de explicar y aclarar en Autopista.es.

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