Los radares se han convertido en una de las mayores preocupaciones de los conductores españoles. Cada vez más presentes en nuestras carreteras, ya sea de forma fija, en movimiento como parte de un vehículo o de tramo, ya se cuentan por miles en nuestras carreteras. Y todos ellos tienen un margen de actuación, que algunos conductores utilizan para ir un poco más rápido de lo establecido.
Sobre este tema de los márgenes se han disparado las noticias sobre que habían cambiado a principios de este mes. Según estás informaciones, en junio se estaba empezando a aplicar una nueva norma que los reducía, pasando de la regla del 5 y el 7 a una nueva del 3 y el 5, basándose en una Orden Ministerial publicada a finales del pasado año.

Por tanto, de esta manera para los radares fijos en carreteras limitadas a 100 km/h o menos se aplicaría un margen de 3 km/h, lo que en una vía de 90 se marcaría como límite los 93 km/h, mientras que en las superiores sería del 3%. En el caso de que los dispositivos móviles, se aplicaría la regla del 5, sumando ese número a velocidades iguales o inferiores a 100 km/h, mientras que por encima se calcula sobre el 5%.
Consultamos a la DGT y lo desmiente
Tras revisar muchas de esas publicaciones en las que se anunciaba el supuesto cambio en el margen de los radares había algunos aspectos que no nos cuadraban. Para empezar, muchos medios aludían a esa Orden Ministerial de Metrología publicada en diciembre de 2023, pero ninguno enlazaba con ella. Es más, muchos, en un claro error, dirigían al lector hacia el BOE de 2020 en donde se habla de la reglamentación de los radares, pero que no indica nada sobre una posible regla del 3 y el 5.

Ante tal desconcierto, nos hemos puesto en contacto con el departamento de prensa de la DGT y en la primera frase que se puede leer en su contestación es que “no hemos cambiado nada”. Desde el organismo de Tráfico reconocen que la citada Orden Ministerial de Metrología de diciembre de 2023 que ajustaba los márgenes de error de los radares se publicó, pero por ahora “la DGT NO va a cambiar nada”.
De esta manera desde Autopista os podemos confirmar por fuentes de la DGT que “los márgenes que existían [los publicados en el BOE de 2020 que antes he indicado] son los que siguen estando vigentes en 2024, aunque lo importante es respetar siempre los límites de velocidad”. Y quizás esta última frase sea la más significativa, porque en vez de estar en el coche echando cuentas mientras conducimos, si respetamos los límites nunca nos multarán.

Estos son los márgenes de los radares en España
Una vez que hemos confirmado que la regla de los márgenes de los radares no se ha cambiado en este 2024, ni parece tampoco que lo vaya a hacer próximamente, vamos a explicar cuáles son las normas actuales que se marcaron en el citado BOE publicado en 2020:
- En el caso de que el radar sea nuevo y fijo el margen de error es del 3 km/h para límites inferiores o iguales a 100 km/h y del 3% para los superiores.
- Para los radares que sean nuevos pero móviles (al ir incorporados en un vehículo) se cambia a 5 km/h rodando en vías por debajo o iguales a 100 km/h, mientras que en las más rápidas es del 5%.
- Una vez que el radar fijo ya no es nuevo y cuenta con una revisión periódica realizada por los agentes de la DGT, el margen de error sube a 5 km/h en vías que se circule a 100 km/h o por debajo, siendo del 5% en las que se supere esa velocidad.